NOVEDADES LABORALES Y ECONÓMICAS | 09 DE OCTUBRE DEL 2026


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Actualidad tributaria, laboral y económica

La agenda económica y normativa de octubre incorpora importantes novedades para contribuyentes, profesionales y empresas argentinas. La publicación de la Ley 27.826 introduce modificaciones en el régimen de Inocencia Fiscal y en las sanciones vinculadas al trabajo rural, mientras el Gobierno prepara una reforma del mercado de capitales orientada a ampliar las alternativas de financiamiento empresarial. En paralelo, ARCA vuelve a extender los plazos para presentar las declaraciones juradas de Ganancias 2025 y se oficializa la homologación del acuerdo salarial de Camioneros, con nuevas condiciones que deberán contemplarse en las liquidaciones.


1. Inocencia Fiscal II: se publicó la Ley 27.826 con cambios tributarios y nuevas reducciones de multas

Este viernes 9 de octubre se publicó la Ley 27.826, aprobada por el Congreso Nacional el pasado 17 de septiembre, que introduce modificaciones relevantes en la Ley de Procedimiento Fiscal 11.683, en el Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias y en el sistema sancionatorio aplicable a determinadas infracciones laborales rurales.

Uno de los principales cambios está relacionado con la definición de discrepancia significativa, un concepto fundamental para determinar las circunstancias en las que la administración tributaria puede cuestionar las declaraciones de los contribuyentes. La nueva legislación precisa los parámetros vinculados con incrementos del impuesto determinado o reducciones de quebrantos, incorporando referencias porcentuales del 15% y al 5% del umbral establecido por el Régimen Penal Tributario, según el supuesto aplicable.

La reforma también aclara el alcance de la presunción de exactitud respecto de los períodos no prescriptos del IVA y amplía el universo de contribuyentes que pueden utilizar el régimen simplificado de Ganancias. La incorporación comprende incluso a los Grandes Contribuyentes Nacionales, aunque con limitaciones específicas respecto de los beneficios disponibles.

En materia sancionatoria, la ley incorpora el artículo 49 bis a la Ley 11.683, estableciendo una reducción automática del 25% en determinadas multas por infracciones formales para micro, pequeñas y medianas empresas, personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro que no estén categorizadas como Grandes Contribuyentes Nacionales.

Además, contempla una reducción del 50% para determinadas infracciones cometidas antes del 9 de octubre de 2026, tanto cuando las sanciones todavía no se encuentren firmes como cuando, pese a estarlo, permanezcan impagas, conforme a las condiciones legales correspondientes.

La nueva legislación también modifica el régimen sancionatorio previsto por la Ley 25.191 para incumplimientos de registración ante el Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE). Las multas por infracciones leves se ubican entre $120.000 y $187.500; las graves, entre $375.000 y $1.500.000; y las muy graves, entre $1.500.000 y $7.500.000, según la clasificación aplicable.

En los supuestos de reincidencia dentro de los últimos cinco años, los máximos previstos para infracciones muy graves podrán incrementarse hasta un 50%. Asimismo, desde enero de 2027 los importes fijos serán actualizados anualmente según la variación de la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA).

La publicación de la Ley 27.826 representa un nuevo avance en la redefinición de la relación entre el fisco y los contribuyentes, con especial incidencia en los procedimientos de fiscalización, la regularización tributaria y la determinación de sanciones.


2. Reforma del mercado de capitales: el Gobierno prepara cambios para facilitar garantías y financiamiento de las PyMEs

El Poder Ejecutivo trabaja en un proyecto de reforma del mercado de capitales que busca simplificar los mecanismos de financiamiento, ampliar las garantías disponibles y reducir costos operativos para empresas y emprendedores.

La iniciativa, presentada en sus principales lineamientos por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, y el presidente de la Comisión Nacional de Valores (CNV), Roberto Silva, contempla modificaciones en distintos instrumentos financieros y comerciales. Entre ellos se encuentran los warrants, las prendas, los pagarés, las facturas de crédito electrónicas y los derechos de cobro derivados de operaciones con tarjetas de crédito.

Uno de los ejes centrales es la flexibilización del régimen de warrants, instrumentos que permiten utilizar bienes como garantía para acceder a financiamiento. El proyecto propone ampliar los activos susceptibles de ser utilizados como respaldo, otorgando mayor libertad contractual a las partes y eliminando determinadas exigencias operativas, como seguros obligatorios y mecanismos específicos de remate.

También se contempla la posibilidad de constituir garantías sobre producción futura, particularmente en el sector agropecuario. Esto permitiría utilizar cultivos todavía no cosechados como respaldo de operaciones financieras, ampliando las alternativas de crédito para productores y empresas vinculadas a la actividad rural.

Otra modificación relevante es la creación de un Sistema Federal de Registro de Garantías, con un registro centralizado de prendas administrado por el Banco Central. El objetivo es facilitar la inscripción, consulta y verificación de garantías, permitiendo conocer el estado de afectación de los bienes y simplificando la constitución de segundas o terceras prendas.

En materia de financiamiento comercial, la iniciativa propone simplificar la negociación de la Factura de Crédito Electrónica MiPyME, reduciendo intermediaciones y facilitando el acceso directo de pequeñas y medianas empresas a mercados autorizados.

Asimismo, se proyecta habilitar la negociación de los derechos de cobro correspondientes a ventas realizadas con tarjetas de crédito. Bajo este esquema, los comercios podrían transformar esos créditos futuros en instrumentos electrónicos negociables y obtener liquidez sin necesidad de esperar el vencimiento de las cuotas.

La propuesta también incluye la derogación del régimen regulatorio especial de planes de ahorro y capitalización fiscalizado por la Inspección General de Justicia, trasladando su tratamiento al marco general del Código Civil y Comercial y a las disposiciones de protección del consumidor.

Durante la presentación, las autoridades de la CNV anticiparon además avances vinculados con la futura operatividad de los Fondos de Asistencia Laboral, prevista para noviembre, y el desarrollo de nuevos vehículos de inversión, entre ellos un ETF local destinado a replicar el índice Merval.

Es importante destacar que estas modificaciones forman parte de una iniciativa legislativa en preparación y todavía no constituyen un nuevo régimen legal vigente. Su implementación dependerá del texto definitivo, del tratamiento parlamentario y de las reglamentaciones posteriores.


3. ARCA vuelve a prorrogar Ganancias 2025: la presentación podrá realizarse hasta el 30 de octubre

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero oficializó una nueva modificación del calendario tributario mediante la Resolución General 5911/2026, publicada el 8 de octubre, que extiende el plazo para presentar las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2025 de personas humanas y sucesiones indivisas.

La medida establece como nueva fecha límite el 30 de octubre de 2026, otorgando un margen adicional para completar las liquidaciones y cumplir con la obligación formal de presentación.

La decisión responde a las dificultades operativas y a los planteos formulados por profesionales en ciencias económicas, quienes venían advirtiendo sobre la acumulación de vencimientos y la necesidad de contar con mayor tiempo para revisar la información fiscal de sus clientes.

La resolución también modifica el calendario correspondiente al trámite de caracterización de “Pequeño Contribuyente”, cuyo vencimiento se traslada del 23 de octubre al 16 de noviembre de 2026.

Sin embargo, la prórroga introduce una distinción fundamental: la extensión corresponde a la presentación de la declaración jurada y no modifica el vencimiento del pago del saldo del impuesto, que se había establecido para el 27 de julio de 2026.

Esta diferencia obliga a prestar especial atención a la situación de cada contribuyente, particularmente cuando existan saldos pendientes, diferencias entre importes estimados y definitivos o adhesiones a regímenes que contemplen beneficios condicionados al cumplimiento de determinadas obligaciones.

Para los estudios contables, la nueva fecha representa una oportunidad para profundizar las tareas de conciliación, revisar las declaraciones confeccionadas y controlar la consistencia entre ingresos, deducciones, retenciones, percepciones y pagos realizados.

De esta manera, ARCA busca aliviar el calendario de cumplimiento formal sin alterar las obligaciones materiales previamente vencidas, en un contexto de sucesivas adecuaciones del cronograma del período fiscal 2025.


4. Camioneros: homologaron el acuerdo salarial del CCT 40/89 con aumentos y sumas extraordinarias

La Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo homologó, mediante la Disposición 1277/2026, los acuerdos salariales y sus anexos celebrados entre la Federación Nacional de Trabajadores Camioneros y Obreros del Transporte Automotor de Cargas, Logística y Servicios y las entidades empresarias FAETYL y FADEEAC.

Los acuerdos, suscriptos el 18 de septiembre de 2026, establecen nuevas condiciones salariales para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 40/89, con un período de aplicación que se extiende desde septiembre de 2026 hasta febrero de 2027.

En materia de remuneraciones básicas, el esquema contempla para septiembre un incremento del 1,2%, calculado de manera acumulativa sobre los valores resultantes del período anterior. La actualización deberá reflejarse en las escalas correspondientes a las distintas categorías y ramas comprendidas por el convenio.

Uno de los aspectos relevantes para las liquidaciones de octubre es el pago de una suma no remunerativa de $12.252,86, acordada por las partes para abonarse por única vez junto con los haberes correspondientes a septiembre de 2026.

El acuerdo también establece una asignación extraordinaria no remunerativa de $1.200.000, distribuida en cuatro cuotas de $300.000 cada una, cuyos pagos están previstos para enero, febrero, marzo y abril de 2027. En consecuencia, esta asignación no genera una cuota específica a pagar durante octubre de 2026.

Adicionalmente, se incorporan beneficios particulares para determinadas actividades comprendidas por el convenio, entre ellas transporte de caudales, residuos patogénicos y residuos industriales especiales.

Para las empresas dedicadas al transporte de residuos patogénicos e industriales especiales se prevé un adicional del 8% sobre el sueldo básico de la categoría para los peones especializados que desempeñen funciones de acompañantes de chofer.

La homologación otorga reconocimiento formal a las condiciones pactadas y requiere que las áreas de Recursos Humanos, administración de personal y liquidación de haberes revisen las escalas, los conceptos no remunerativos y los adicionales aplicables a cada trabajador.

El impacto económico dependerá de la categoría, rama de actividad y condiciones particulares de cada relación laboral, por lo que será fundamental verificar las disposiciones del acuerdo homologado y sus anexos antes de efectuar las liquidaciones.


Conclusión

Las novedades del 9 de octubre reflejan una agenda marcada por cambios tributarios, iniciativas de modernización financiera y nuevas obligaciones laborales.

La publicación de Inocencia Fiscal II modifica aspectos importantes de los procedimientos y sanciones tributarias; la reforma del mercado de capitales propone nuevas herramientas para facilitar el acceso al crédito; ARCA concede más tiempo para presentar Ganancias 2025; y la homologación de Camioneros incorpora condiciones salariales que deberán contemplarse en las liquidaciones.

Para contadores, asesores, empleadores y responsables de gestión, el desafío será distinguir las disposiciones que ya se encuentran vigentes de aquellas que todavía están en discusión, revisar sus efectos sobre cada actividad y adaptar los procedimientos internos para garantizar un cumplimiento oportuno y adecuado.

En un escenario de transformación normativa permanente, la actualización profesional y la planificación anticipada continúan siendo herramientas esenciales para reducir contingencias y tomar decisiones empresariales con mayor seguridad.