NOVEDADES LABORALES Y ECONÓMICAS | 06 DE OCTUBRE DEL 2026


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Nuevas medidas impactan en contribuyentes y empresas: alerta por estafas, devolución de IVA, Factura de Crédito y Ganancias para sociedades

Octubre comienza con importantes novedades en materia tributaria y empresarial. Mientras la AGIP lanzó una advertencia ante nuevas modalidades de fraude vinculadas con deudas judiciales, ARCA actualizó el régimen de devolución de IVA para turistas extranjeros y prepara una transformación significativa en la presentación de Ganancias para personas jurídicas. A su vez, una nueva resolución redefine el alcance de la Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs para determinadas entidades financieras.

1. AGIP alerta por estafas vinculadas con deudas judiciales

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) advirtió sobre la detección de intentos de fraude en los que personas se presentan falsamente como representantes del organismo o mandatarios judiciales para obtener información confidencial o inducir a los contribuyentes a realizar pagos indebidos.

Las maniobras pueden llegar a través de WhatsApp, correos electrónicos o llamadas telefónicas y, en algunos casos, utilizan el logo institucional e incluso información real sobre causas judiciales para otorgar credibilidad al contacto. Precisamente por ese nivel de sofisticación, el organismo recomendó extremar las precauciones antes de proporcionar información o realizar cualquier operación.

AGIP recordó que ni el organismo ni sus mandatarios judiciales solicitan credenciales personales, como claves de miBA o Clave Ciudad. Tampoco requieren transferencias hacia cuentas particulares ni condicionan el pago mediante amenazas de embargos inmediatos.

Los mandatarios autorizados pueden verificarse en el listado oficial publicado por el organismo y sus comunicaciones se realizan mediante cuentas institucionales con dominio agip.gob.ar. Para cancelar obligaciones, los contribuyentes deben utilizar exclusivamente VEP o boletas oficiales, evitando transferencias indicadas por terceros a través de canales informales.

La advertencia adquiere especial relevancia ante el crecimiento de las técnicas de ingeniería social, que utilizan información verdadera para construir comunicaciones fraudulentas más convincentes. Frente a un mensaje sospechoso, la recomendación es no ingresar a enlaces, no entregar datos personales, conservar las evidencias del contacto y verificar la situación directamente por los canales oficiales.

2. ARCA actualiza las devoluciones de IVA para turistas extranjeros

ARCA aprobó mediante la Disposición (SGF ARCA) 10/2026 una nueva tabla de comisiones para el régimen de devolución del Impuesto al Valor Agregado aplicable a turistas no residentes que adquieren bienes producidos en Argentina y posteriormente los trasladan al exterior.

La modificación, vigente para los reintegros efectuados desde el 5 de octubre de 2026, establece diferentes porcentajes según el valor de la compra. Para operaciones comprendidas entre $70 y $570.000, IVA incluido, el reintegro sobre la compra será del 13%. De acuerdo con la escala informada, el turista recibirá el equivalente al 74,90% del IVA, mientras que la empresa contratista percibirá una comisión del 25,10%.

En las compras que superen los $570.000, el reintegro ascenderá al 14% del valor de la operación. En este segmento, la participación del turista sobre el IVA será del 80,67% y la comisión correspondiente a la contratista disminuirá al 19,33%.

El esquema busca otorgar mayor previsibilidad al cálculo de las devoluciones y actualizar las condiciones económicas bajo las cuales operan las empresas adjudicatarias responsables de instrumentar los reintegros.

La medida también tiene una dimensión comercial: el régimen de devolución de IVA funciona como un incentivo para que los visitantes extranjeros realicen compras de bienes nacionales durante su estadía, por lo que la actualización de sus parámetros puede tener incidencia especialmente en comercios vinculados al turismo internacional.

3. Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs: nuevas excepciones para entidades financieras

La Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa modificó el alcance del régimen de Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs (FCE) respecto de las entidades financieras reguladas por la Ley 21.526.

La Resolución 400/2026 establece una distinción según la dimensión económica de estas entidades. Aquellas categorizadas como “Empresa Grande” continuarán obligadas a actuar como receptoras de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs en las operaciones alcanzadas por el régimen.

Para determinar esa condición deberán considerarse los parámetros anuales establecidos por la autoridad competente. En términos generales, se consideran grandes empresas aquellas cuyas ventas totales anuales superen los límites previstos para la categoría Mediana tramo 2 correspondiente a su sector.

En cambio, las entidades financieras que no revistan la condición de Empresa Grande quedarán excluidas de la obligación de operar bajo el régimen de FCE MiPyMEs respecto de los comprobantes que emitan o reciban. La medida comprende las diferentes categorías previstas por la Ley de Entidades Financieras, entre ellas bancos comerciales, de inversión e hipotecarios, compañías financieras y cajas de crédito.

La aplicación efectiva de esta exclusión estará vinculada con el cronograma progresivo establecido por ARCA para la emisión obligatoria de comprobantes electrónicos en las actividades de intermediación financiera. Por ello, las entidades deberán analizar conjuntamente su categorización empresarial y la fecha en que comiencen a resultar alcanzadas por las nuevas exigencias de facturación.

4. Ganancias Personas Jurídicas: ARCA inicia la transición del SIAP a un nuevo servicio web

Una de las novedades tributarias de mayor impacto operativo para empresas y profesionales llegará durante octubre. Mediante la Resolución General 5908/2026, ARCA implementó el nuevo servicio con Clave Fiscal denominado “Ganancias Personas Jurídicas”, que reemplazará progresivamente al aplicativo SIAP utilizado tradicionalmente para liquidar y presentar el impuesto.

La herramienta estará destinada a sociedades, empresas, fideicomisos y demás sujetos comprendidos por la Ley de Impuesto a las Ganancias que confeccionen balances comerciales. Para acceder será necesario contar con Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 2 o superior.

La transición comenzará el 19 de octubre de 2026, fecha a partir de la cual el nuevo servicio estará disponible. Desde ese día y hasta el 28 de febrero de 2027, los contribuyentes alcanzados podrán optar entre utilizar la nueva plataforma web o continuar realizando sus presentaciones mediante el aplicativo SIAP.

El cambio definitivo llegará el 1 de marzo de 2027. A partir de entonces, el nuevo servicio web será de utilización obligatoria para las declaraciones juradas correspondientes a ejercicios comerciales cerrados desde junio de 2026.

La resolución también establece reglas específicas para las rectificativas. Los ejercicios cerrados antes de junio de 2026 continuarán gestionándose mediante SIAP, tanto para declaraciones originales como rectificativas. Para cierres posteriores, en cambio, las rectificaciones deberán realizarse utilizando la misma herramienta mediante la cual se presentó la declaración original.

La implementación representa un nuevo paso en el proceso de migración de aplicativos instalados localmente hacia servicios tributarios íntegramente online. Para estudios contables y áreas impositivas de empresas, el período de convivencia entre ambos sistemas será especialmente relevante para revisar procedimientos internos, accesos, documentación y circuitos de liquidación antes de que la plataforma web se convierta en obligatoria.

Un octubre marcado por la digitalización y nuevos controles

Las cuatro novedades tienen un denominador común: la transformación de los procedimientos administrativos y tributarios hacia entornos cada vez más digitales. La autogestión de deudas judiciales, los reintegros fiscales, la facturación electrónica y la migración de Ganancias de sociedades hacia una plataforma web muestran cómo la relación entre contribuyentes y organismos públicos continúa modificándose.

Para empresas, profesionales y estudios contables, el escenario exige algo más que conocer las nuevas normas. Será necesario actualizar procedimientos, verificar categorizaciones, reforzar la seguridad frente a fraudes y preparar los sistemas de trabajo para las próximas fechas de implementación, especialmente ante la llegada del nuevo servicio de Ganancias Personas Jurídicas el próximo 19 de octubre.