NOVEDADES LABORALES Y ECONÓMICAS | 22 DE SEPTIEMBRE DEL 2026


Compartir


Novedades tributarias, societarias y previsionales | 22 de septiembre de 2026

La agenda profesional de esta semana llega con cambios relevantes en materia tributaria, societaria y previsional. La reglamentación pendiente de Inocencia Fiscal, una nueva prórroga para Ganancias 2025, la simplificación de los trámites societarios ante la IGJ y la actualización de las jubilaciones concentran la atención de contadores, asesores, empresas y contribuyentes.


1. Inocencia Fiscal: ARCA deberá reglamentar 12 puntos clave para regularizar los dólares del colchón

La implementación efectiva del nuevo régimen de Inocencia Fiscal requiere todavía definiciones reglamentarias de distintos organismos. ARCA ya cuenta con herramientas vinculadas al Régimen Simplificado de Ganancias, que registra cientos de miles de adhesiones, pero la incorporación de nuevos supuestos previstos por la normativa exige precisiones operativas.

Uno de los principales aspectos pendientes es determinar cómo podrán los contribuyentes canalizar y utilizar fondos que actualmente permanecen fuera del sistema financiero formal. Para ello deberán intervenir coordinadamente el Poder Ejecutivo, ARCA y la Unidad de Información Financiera (UIF), especialmente en lo referido a controles, documentación y procedimientos para bancos, agentes del mercado de capitales y escribanos.

Entre los puntos que requieren reglamentación se encuentran el tratamiento del pago en término y la cancelación de saldos, los mecanismos de convalidación para contribuyentes que anteriormente quedaban fuera del régimen, la acreditación de la condición de residente fiscal y el tratamiento específico de los grandes contribuyentes nacionales.

También deberá precisarse el alcance de la denominada carga probatoria a cargo del fisco, la exclusión de determinadas presunciones vinculadas con incrementos patrimoniales no justificados y depósitos bancarios, y el procedimiento para subsanar diferencias mediante una declaración jurada rectificativa dentro del plazo previsto.

Un capítulo particularmente relevante estará relacionado con bancos y escribanos. La reglamentación deberá establecer cómo se acreditará la adhesión al régimen, qué documentación será suficiente para respaldar operaciones inmobiliarias con fondos en efectivo y qué criterios deberá aplicar la UIF en materia de prevención del lavado de activos.

Finalmente, deberán definirse cuestiones vinculadas con inspecciones ya iniciadas, eximición de determinadas multas y mecanismos de reintegro cuando una determinación de oficio sea posteriormente revocada o anulada.

En consecuencia, el desafío inmediato no pasa solamente por la existencia de la ley, sino por transformar sus disposiciones en procedimientos concretos. Hasta que se dicten las normas complementarias, varios de los mecanismos necesarios para instrumentar plenamente el régimen permanecerán pendientes de aplicación.


2. Ganancias 2025: ARCA vuelve a extender el plazo para presentar las declaraciones juradas

ARCA dispuso una nueva modificación del calendario de vencimientos del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025 para personas humanas y sucesiones indivisas. La Resolución General 5898/2026 extendió hasta el 13 de octubre de 2026 el plazo para presentar las declaraciones juradas, tanto para quienes se encuentran en el régimen general como para los adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.

La medida vuelve a separar el vencimiento de presentación del correspondiente al ingreso del saldo. De acuerdo con la resolución, el pago del saldo correspondiente a 2025 mantiene como fecha el 27 de julio de 2026, mientras que la presentación de la declaración jurada podrá concretarse hasta el 13 de octubre.

La nueva prórroga también impacta en la determinación de los anticipos del período fiscal 2026. El primer anticipo mantiene su vencimiento para el 24 de septiembre, pero ARCA estableció un mecanismo específico para aquellos casos en los que el sistema “Cuentas Tributarias” todavía no haya puesto a disposición el importe correspondiente por falta de presentación de la declaración jurada 2025.

En esas situaciones, los contribuyentes deberán determinar e ingresar el anticipo utilizando como base los cálculos realizados en sus papeles de trabajo.

Para los profesionales de Ciencias Económicas, el nuevo calendario exige revisar nuevamente las liquidaciones, controlar los papeles de trabajo y organizar la determinación de los anticipos antes de sus respectivos vencimientos.


3. IGJ simplifica la constitución de sociedades y flexibiliza los trámites registrales

La Inspección General de Justicia (IGJ) oficializó hoy la Resolución General 11/2026, mediante la cual reformula una parte significativa de su régimen registral. La norma apunta a reducir requisitos formales, simplificar procedimientos y adecuar las exigencias registrales a la legislación societaria vigente.

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del dictamen de precalificación profesional obligatorio para la constitución de sociedades, que pasa a ser optativo, salvo en aquellos casos en los que la normativa específicamente lo requiera.

La resolución también flexibiliza el tratamiento del objeto social. Las sociedades podrán establecer una o más categorías de actividades sin necesidad de acreditar conexidad, complementariedad o accesoriedad entre ellas. En las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), incluso se admite expresamente la fórmula de realizar “cualquier actividad lícita”.

Otro cambio significativo es la incorporación de reglas específicas para los activos virtuales como aportes de capital. La norma exige acreditar la titularidad previa, disponer los activos en una billetera o plataforma de un Proveedor de Servicios de Activos Virtuales registrado ante la CNV y acreditar su valuación conforme a los mecanismos establecidos.

También se simplifica la acreditación de aportes dinerarios de menor monto. Cuando la integración sea igual o inferior a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles, podrá acreditarse mediante declaración jurada o acta de recepción con firma certificada, digital o electrónica, bajo las condiciones previstas por la norma.

La reforma incorpora además la posibilidad de establecer una sede electrónica complementaria, mediante la declaración de una dirección de correo electrónico con efectos jurídicos frente a socios y terceros, aunque sin reemplazar la sede física.

En materia de denominaciones, se permitirá reservar hasta tres nombres societarios durante 30 días, mientras que los aportes no dinerarios y la documentación digital también cuentan con nuevas reglas de acreditación.

La resolución fue publicada el 22 de septiembre de 2026 y establece que sus disposiciones entrarán en vigencia al día siguiente de su publicación.


4. Jubilaciones de octubre: el haber mínimo subiría a $435.662,86

Las jubilaciones y pensiones tendrán una nueva actualización en octubre, vinculada con el mecanismo de movilidad previsional y la evolución del Índice de Precios al Consumidor.

Con una variación estimada del 1,65%, el haber mínimo pasaría de $428.633,20 en septiembre a $435.662,86 en octubre de 2026. El haber máximo, en tanto, se ubicaría en torno a $2.932.174.

Para quienes perciben la jubilación mínima, el monto final dependerá además de la continuidad del bono extraordinario de $70.000. Si el Gobierno mantiene ese refuerzo durante octubre, el ingreso total alcanzaría aproximadamente $505.662,86.

Es importante distinguir ambos conceptos: el aumento derivado de la movilidad modifica el haber previsional, mientras que el bono constituye un complemento extraordinario y no se incorpora al haber ni a su base de actualización.

La actualización también alcanzaría a otras prestaciones administradas por ANSES. La PUAM se ubicaría en aproximadamente $348.530,28 y las Pensiones No Contributivas en $304.965,61, mientras que la Pensión para Madre de 7 Hijos toma como referencia el haber mínimo.

Para quienes están próximos a jubilarse, además, continúa siendo fundamental diferenciar entre años de aportes y monto del haber. Contar con 30 años de servicios permite cumplir con uno de los requisitos del régimen general, pero el haber final depende también de la historia laboral y de las remuneraciones registradas durante los períodos computables.


Una semana clave para la gestión profesional

Las novedades de esta jornada plantean una agenda de seguimiento especialmente relevante para estudios contables, empresas y profesionales: nuevos plazos para Ganancias, reglamentación pendiente de Inocencia Fiscal, simplificación de trámites societarios y actualización de prestaciones previsionales.

En un escenario de cambios frecuentes, anticiparse a las nuevas disposiciones permite transformar la actualización normativa en una verdadera herramienta de gestión profesional.