Septiembre llega con definiciones relevantes para trabajadores, empleadores, contribuyentes e inversores. Nuevas escalas salariales, cambios en el régimen de Inocencia Fiscal, un dato de inflación que confirma la desaceleración y un informe que vuelve a poner en debate la presión tributaria argentina conforman una agenda que exige especial atención profesional.
1. Paritarias septiembre 2026: nuevas escalas salariales y sumas no remunerativas
Las principales negociaciones colectivas presentan novedades para septiembre, con diferentes esquemas de actualización según cada actividad. Entre los sectores que concentran la atención se encuentran Empleados de Comercio, Casas Particulares, UOCRA y Vigiladores, cada uno con particularidades que deben ser consideradas al momento de liquidar los haberes.
Empleados de Comercio: continúa el esquema del 5,7%
Para los trabajadores comprendidos en el CCT 130/75, el acuerdo salarial fue homologado mediante la Disposición (DNRyRT) 964/2026 y estableció un incremento acumulado del 5,7%, distribuido en tres tramos mensuales del 1,9%.
Durante septiembre se aplica el último tramo del aumento, con los valores correspondientes al período septiembre-noviembre de 2026. La escala mantiene además una suma no remunerativa de $120.000.
Entre los valores de referencia para una jornada completa se encuentran $1.183.900 para Maestranza A y $1.196.632 para Administrativo A, sin incluir antigüedad, presentismo ni otros adicionales convencionales.
La suma no remunerativa de $120.000 continúa vigente durante septiembre. En cambio, la asignación extraordinaria adicional de $50.000 correspondió exclusivamente a julio y agosto, por lo que no genera un nuevo pago en septiembre. De esta manera, un trabajador de Maestranza A alcanza en septiembre un importe de $1.303.900 considerando básico y suma no remunerativa, antes de incorporar los adicionales que correspondan.
Casas Particulares: aumento del 1,8% y absorción progresiva de la suma extraordinaria
Para el personal comprendido en la Ley 26.844, la Resolución (CNTCP) 6/2026 establece para septiembre un incremento del 1,8% sobre los salarios mínimos determinados para agosto.
Los valores de referencia para septiembre ascienden a $579.493,14 para Supervisor/a con retiro y $640.641,55 sin retiro. Para el personal de tareas específicas, los básicos alcanzan $541.402,49 con retiro y $597.854,36 sin retiro, mientras que para tareas generales llegan a $480.247,85 con retiro y $529.261,78 sin retiro.
Un punto importante para las liquidaciones es el tratamiento de la suma no remunerativa otorgada en agosto. Los trabajadores que cumplen 16 horas semanales o más recibieron $20.000; quienes trabajan entre 12 y menos de 16 horas, $11.500; y quienes trabajan menos de 12 horas, $8.000.
En septiembre no se genera una nueva suma no remunerativa. En cambio, se incorpora al salario básico el 25% de aquella asignación extraordinaria. El 50% restante se incorporará en octubre y el último 25% en noviembre.
UOCRA: sin nuevo aumento en septiembre y con contribución patronal del 2%
En el caso de los trabajadores comprendidos en los CCT 76/75 y 577/10, el último acuerdo salarial fue homologado mediante la Disposición (DNRyRT) 712/2026 y estableció una recomposición acumulativa del 6% entre junio y agosto, distribuida en tramos del 2,1%, 2% y 1,9%.
Por ese motivo, septiembre no incorpora un nuevo tramo de incremento, por lo que continúan vigentes los valores correspondientes al último tramo de la paritaria.
Para la Zona A, los valores de referencia alcanzan $7.420 para Oficial especializado, $6.348 para Oficial y $5.866 para Medio oficial.
A esto se suma la contribución empresaria del 2%, homologada mediante la Disposición (DNRyRT) 1036/2026. Se trata de una obligación patronal que no constituye un concepto adicional para el trabajador ni debe descontarse de su remuneración. Su base está conformada por los rubros salariales remunerativos, normales, habituales y mensuales alcanzados por el acuerdo.
Vigiladores: nuevos básicos y adicionales para septiembre
Para los trabajadores de seguridad privada comprendidos en el CCT 507/07, el acuerdo homologado mediante la Disposición (DNRyRT) 897/2026 establece incrementos de los salarios básicos entre julio y diciembre.
Desde septiembre, el básico asciende a $1.037.600 para Vigilador General y $1.105.700 para Vigilador Bombero.
Además, durante septiembre se aplica una suma no remunerativa mensual de $50.000, junto con un viático no remunerativo de $20.960 por cada día efectivamente trabajado.
Según corresponda, también se contemplan un adicional aeroportuario de $140.600 y un adicional Neuquén de $80.000. Para las vacaciones gozadas durante septiembre, el adicional vacacional se establece en $20.960 por día, hasta un máximo de 21 días, con carácter remunerativo.
2. Inocencia Fiscal: el Senado fija un horizonte para los dólares del colchón
El proyecto de Ley de Inocencia Fiscal avanzó en el Senado luego de obtener dictamen en un plenario de las comisiones de Justicia y Asuntos Penales y de Presupuesto y Hacienda. La iniciativa establece una fecha límite para la utilización y bancarización de fondos no declarados bajo el régimen previsto por la Ley 27.799.
Uno de los principales cambios consiste en establecer el 31 de diciembre de 2027 como fecha límite para que los contribuyentes puedan utilizar y canalizar formalmente estos fondos, conocidos popularmente como “dólares del colchón”.
La modificación busca poner fin a las críticas que calificaban al régimen como un posible “blanqueo permanente”. El nuevo esquema pretende otorgar un plazo definido para que los contribuyentes puedan ingresar sus fondos al circuito formal y utilizarlos mediante los canales autorizados.
El régimen contempla que los fondos sean utilizados exclusivamente a través de medios y canales formalmente habilitados por el Banco Central o la Comisión Nacional de Valores. De esta manera, el objetivo no se limita a la incorporación de dinero al sistema financiero, sino que busca promover una mayor formalización de las operaciones económicas posteriores.
Otro aspecto central está relacionado con la presunción de exactitud sobre los depósitos bancarios. El proyecto establece una protección para los fondos bancarizados dentro del régimen, evitando que sean considerados automáticamente como una discrepancia significativa o un incremento patrimonial no justificado durante el período previsto.
La protección, de acuerdo con el proyecto analizado por las comisiones, también tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2027. Durante ese período, los contribuyentes que adhieran al régimen simplificado podrán canalizar sus operaciones mediante los medios autorizados y contar con las protecciones previstas por la normativa.
El Senado buscaría avanzar con la sanción definitiva el 17 de septiembre, apenas cinco días antes del nuevo vencimiento establecido por ARCA para la presentación de Ganancias 2025, previsto para el 22 de septiembre.
La proximidad entre ambas fechas plantea un desafío operativo: una vez sancionada la ley, deberán concretarse su publicación, reglamentación por parte del Poder Ejecutivo y las correspondientes normas operativas de ARCA en un plazo particularmente reducido.
3. Inflación de agosto: el IPC fue del 1,7% y confirma la desaceleración
El Instituto Nacional de Estadística y Censos informó que el IPC aumentó 1,7% durante agosto de 2026, por debajo del 2,1% registrado en julio.
Con este resultado, la inflación acumulada durante los primeros ocho meses del año alcanza el 21,3%, mientras que la variación interanual se ubica en 33,5%.
El dato estuvo en línea con las principales proyecciones privadas y coincidió con la estimación del Relevamiento de Expectativas de Mercado. Las consultoras habían proyectado registros de entre 1,4% y 1,8%, por lo que el resultado oficial se ubicó dentro del rango esperado.
Por divisiones, el mayor incremento correspondió a Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles, con una suba del 2,8%. Le siguieron Educación, con 2,5%, y Salud y Bienes y servicios varios, ambos con aumentos del 2,4%.
En el otro extremo, Prendas de vestir y calzado registró una disminución del 0,6%, mientras que Recreación y cultura no presentó variaciones respecto de julio.
Los Alimentos y bebidas no alcohólicas aumentaron 1,7%, convirtiéndose además en una de las categorías de mayor incidencia sobre el índice general. Dentro del rubro se destacaron los incrementos en verduras, tubérculos y legumbres, frutas, pan y cereales.
El resultado de agosto vuelve a instalar la expectativa sobre la evolución de la inflación durante los próximos meses. Si bien el dato muestra una desaceleración respecto de julio, el comportamiento de los precios continúa siendo una variable determinante para salarios, consumo, inversiones y decisiones empresariales.
4. Argentina, entre los países latinoamericanos con mayor presión tributaria
Un informe elaborado por Fundar volvió a poner el sistema tributario argentino en el centro del debate. Según el estudio, la presión tributaria alcanzó el 27,6% del PBI en 2024, por encima del promedio de América Latina y el Caribe, que se ubicó en 21,7%.
Con este nivel, Argentina aparece como el segundo país latinoamericano con mayor presión tributaria, detrás de Brasil, cuya presión alcanzó el 33,7% del PBI. El indicador argentino se aproxima además al promedio de los países de la OCDE, ubicado en 34,1%, aunque se trata de economías con niveles de desarrollo considerablemente superiores.
Sin embargo, Fundar advierte que la comparación tradicional puede ocultar la verdadera carga que soportan quienes participan de la economía formal. Al excluir del cálculo la actividad informal y determinadas ramas que no tributan de la misma manera, la presión tributaria sobre el sector formal ascendería al 42,4%.
El informe también señala una característica estructural del sistema argentino: la fuerte participación de los impuestos indirectos. Además del IVA, aparecen gravámenes como el impuesto sobre los débitos y créditos bancarios, los derechos de exportación y el impuesto provincial sobre los Ingresos Brutos.
Esta estructura genera, según el estudio, un componente regresivo. Los hogares de menores ingresos destinan una proporción mayor de sus recursos al consumo y, por lo tanto, soportan proporcionalmente una mayor carga de los impuestos que gravan esas operaciones.
La diferencia resulta significativa: de acuerdo con las estimaciones de Fundar, los hogares ubicados en el decil de menores ingresos destinan más del 35% de sus ingresos al pago de impuestos, mientras que en el decil de mayores ingresos la carga se ubica por debajo del 25%.
A este escenario se suma otro problema estructural: la evasión tributaria. El informe estima que las pérdidas de recursos asociadas a la evasión del IVA y del impuesto a la renta empresarial representan aproximadamente 8 puntos del PBI.
La situación también presenta fuertes diferencias entre las provincias. Mientras la Ciudad de Buenos Aires genera directamente el 87,8% de sus recursos y recibe el 12,2% mediante coparticipación, en Formosa los recursos propios representan apenas el 7,8%, mientras que el 92,2% restante proviene de transferencias.
El diagnóstico plantea así una paradoja: Argentina sostiene una presión tributaria elevada para su nivel de desarrollo, especialmente sobre la economía formal, pero simultáneamente enfrenta elevados niveles de evasión, una estructura tributaria con fuerte peso de impuestos indirectos y marcadas desigualdades en la capacidad recaudatoria de las provincias.
Una agenda que combina salarios, impuestos e inflación
Las novedades de septiembre muestran un escenario en el que las decisiones laborales, fiscales y económicas están estrechamente vinculadas. Las nuevas escalas salariales impactan directamente en las liquidaciones; la Ley de Inocencia Fiscal puede modificar la relación entre contribuyentes y sistema financiero; la inflación condiciona salarios, consumo e inversiones; y el nivel de presión tributaria vuelve a abrir el debate sobre la estructura y eficiencia del sistema fiscal argentino.
Para empresas, profesionales y trabajadores, el desafío vuelve a ser el mismo: anticiparse a los cambios, interpretar correctamente las normas y evaluar su impacto económico antes de tomar decisiones.