NOVEDADES LABORALES Y ECONÓMICAS | 14 DE AGOSTO DEL 2026


Compartir


Fondos laborales, jubilaciones, inflación e Inocencia Fiscal


La agenda económica y normativa suma nuevas definiciones para empresas, profesionales y contribuyentes. Mientras la Comisión Nacional de Valores avanza en la regulación de los Fondos de Asistencia Laboral, Seguridad Social actualiza los parámetros utilizados para determinar haberes previsionales. En paralelo, la inflación volvió a superar el 2% mensual y el Congreso dio un nuevo paso en la reforma del régimen de Inocencia Fiscal, aunque todavía persisten aspectos controvertidos.


1. La CNV avanza con la regulación de los Fondos de Asistencia Laboral

La Comisión Nacional de Valores abrió el procedimiento de Elaboración Participativa de Normas para avanzar en la reglamentación de los Productos de Inversión Colectiva de Fondos de Asistencia Laboral (PIC FAL). Se trata de los vehículos que permitirán administrar los recursos provenientes de las contribuciones empresariales vinculadas al nuevo esquema creado por la Ley de Modernización Laboral 27.802.

El proyecto contempla que estos recursos puedan gestionarse mediante Fondos Comunes de Inversión Abiertos o Fideicomisos Financieros, administrados por entidades autorizadas y bajo supervisión de la CNV. Cada empleador contará, además, con una cuenta individual identificada mediante un “ID FAL”, destinado a garantizar la trazabilidad de los aportes.

Uno de los puntos centrales es la protección patrimonial. Las cuentas asociadas al FAL tendrán carácter separado e independiente, con mecanismos destinados a impedir que los recursos se confundan con el patrimonio de las entidades administradoras. A su vez, las inversiones deberán respetar las pautas de seguridad, liquidez y diversificación previamente establecidas por el Ministerio de Economía.

La propuesta también busca limitar de manera integral los honorarios, comisiones y gastos de administración, además de establecer un mecanismo de asignación automática para aquellos empleadores que no informen correctamente un ID FAL. Con este avance, comienza a tomar forma operativa uno de los instrumentos más relevantes incorporados por la reforma laboral.


2. Jubilaciones: nuevo índice para actualizar las remuneraciones utilizadas en el cálculo del haber

La Subsecretaría de Seguridad Social aprobó, mediante la Disposición 10/2026, el índice combinado correspondiente al tercer trimestre del año para la actualización de las remuneraciones consideradas en la determinación de jubilaciones y pensiones.

El mecanismo combina los parámetros previstos por la normativa previsional con la evolución de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) y resulta particularmente relevante para actualizar los salarios históricos que integran la base utilizada para calcular determinadas prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino.

El nuevo índice tendrá aplicación para los trabajadores en relación de dependencia que cesen en su actividad a partir del 31 de agosto de 2026 y para las solicitudes de beneficios previsionales que se inicien desde el 1 de septiembre.

La actualización no debe confundirse con el incremento mensual de los haberes que perciben quienes ya están jubilados. Su incidencia se encuentra principalmente en la determinación del haber inicial, al actualizar las remuneraciones históricas computables y procurar que el cálculo refleje de manera más adecuada la evolución salarial.


3. La inflación volvió a superar el 2%: el IPC de julio alcanzó el 2,1%

La inflación mostró una leve aceleración durante julio. El Índice de Precios al Consumidor aumentó 2,1%, frente al 1,9% registrado en junio. Con este resultado, la variación acumulada durante los primeros siete meses de 2026 se ubicó en torno al 19,3%, mientras que la medición interanual alcanzó el 33,8%.

El mayor incremento del mes correspondió a Recreación y cultura, con un 5%, impulsado especialmente por los paquetes turísticos y servicios culturales propios del período de vacaciones de invierno. Le siguió Restaurantes y hoteles, con una variación del 2,8%. En sentido contrario, Prendas de vestir y calzado registró una baja del 1,3%.

Los alimentos continuaron teniendo una incidencia significativa en buena parte del territorio nacional, particularmente por las variaciones en verduras, lácteos, panes y cereales. En Cuyo, en cambio, Transporte tuvo la mayor incidencia sobre el índice regional.

El dato mantiene a la inflación alrededor del 2% mensual, pero interrumpe la desaceleración observada en junio. La atención estará puesta ahora en determinar si julio representó una oscilación puntual vinculada, entre otros factores, a componentes estacionales, o si anticipa una mayor resistencia de los precios a continuar descendiendo.


4. Inocencia Fiscal II obtuvo dictamen, pero todavía enfrenta puntos sensibles antes de convertirse en ley

La reforma conocida como Inocencia Fiscal II avanzó esta semana en la Cámara de Diputados, donde las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Legislación Penal emitieron dictamen de mayoría. El texto introduce modificaciones relevantes al régimen simplificado de Ganancias y al esquema de fiscalización tributaria.

Uno de los principales cambios incorporados durante el debate fue el tratamiento diferencial para funcionarios públicos. El dictamen permite que determinados funcionarios y exfuncionarios utilicen la modalidad simplificada como mecanismo para presentar la declaración jurada y efectuar el pago correspondiente, pero establece que no podrán acceder a las restantes presunciones ni beneficios del régimen. La restricción comprende a determinados cargos de alta responsabilidad pública ejercidos dentro de los cinco años anteriores a la adhesión.

El proyecto también redefine qué debe entenderse por una “discrepancia significativa” para habilitar cuestionamientos fiscales y establece que la carga de probar su existencia recaerá exclusivamente sobre ARCA. Asimismo, el dictamen incorpora una reducción automática del 25% en determinadas multas formales para MiPyMEs, personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro que no sean Grandes Contribuyentes Nacionales.

Sin embargo, uno de los puntos más sensibles continúa siendo el tratamiento de las fiscalizaciones ya iniciadas. El texto establece que las órdenes de intervención y procedimientos de determinación notificados antes de que el contribuyente adhiera al régimen podrán continuar, al igual que los recursos administrativos y procesos judiciales pendientes. Para determinados ajustes previamente cancelados o regularizados se contempla, bajo ciertas condiciones, la eximición de multas.

Además, el dictamen incorpora un régimen especial de reducción del 50% de determinadas multas por infracciones formales anteriores a la entrada en vigencia de la futura ley, sujeto al cumplimiento de condiciones y, cuando corresponda, al allanamiento y renuncia de acciones por parte del contribuyente.

El avance legislativo es significativo, pero el dictamen todavía no equivale a una ley vigente: el proyecto deberá atravesar las restantes instancias parlamentarias y, eventualmente, la promulgación del Poder Ejecutivo. Por eso, profesionales y contribuyentes deberán seguir con atención las modificaciones que puedan incorporarse durante su tratamiento.

En conjunto, las novedades de esta semana muestran una agenda atravesada por la implementación de la reforma laboral, ajustes previsionales, evolución de precios y cambios profundos en la relación entre el fisco y los contribuyentes. Para empresas y profesionales, el desafío vuelve a ser el mismo: seguir de cerca la reglamentación y anticipar su impacto operativo antes de que las nuevas disposiciones comiencen a desplegar plenamente sus efectos.