La agenda de agosto avanza con novedades relevantes para empleadores, trabajadores, inversores, contribuyentes y profesionales. Se homologó el acuerdo salarial de Empleados de Comercio para el trimestre julio-septiembre; la CNV modificó el régimen de autorizaciones automáticas para fideicomisos financieros y fondos comunes de inversión cerrados; el calendario de feriados confirma los próximos fines de semana largos del año; y ARBA publicó los nuevos valores del Monotributo Unificado para contribuyentes bonaerenses.
1. Empleados de Comercio: se homologó el acuerdo salarial de julio 2026
La Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, dependiente de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del Ministerio de Capital Humano, homologó el nuevo acuerdo salarial aplicable al Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.
La medida fue formalizada mediante la Disposición 964/2026, que valida el entendimiento suscripto entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios, en representación de los trabajadores, y las cámaras empresarias CACYS, CAME y UDECA, por el sector empleador.
El acuerdo establece un incremento salarial del 5,7%, que se abonará en tres tramos iguales del 1,9% durante los meses de julio, agosto y septiembre de 2026. La suba se aplica sobre las escalas correspondientes al convenio mercantil y forma parte del esquema de revisión salarial previsto para el trimestre.
Además, las partes pactaron una asignación extraordinaria de carácter no remunerativo y no acumulativo, que se liquidará en dos tramos. Este concepto busca complementar la recomposición salarial del período, sin integrarse a la base remunerativa en los términos definidos por el acuerdo.
Con la homologación, los compromisos salariales asumidos adquieren plena validez jurídica y resultan exigibles para los empleadores alcanzados por el convenio. Esto implica que las áreas de liquidación de haberes deberán revisar las escalas, aplicar los tramos correspondientes y contemplar los importes adicionales previstos para cada mes.
La oficialización del acuerdo otorga certeza al sector luego de semanas de expectativa por la definición paritaria. Para trabajadores y empleadores, la homologación permite ordenar las liquidaciones del trimestre y evitar diferencias o reliquidaciones posteriores.
2. CNV modifica el régimen de autorizaciones automáticas para fideicomisos financieros y FCIC
La Comisión Nacional de Valores introdujo modificaciones relevantes en el régimen de oferta pública automática aplicable a fideicomisos financieros y fondos comunes de inversión cerrados. Las reformas fueron dispuestas mediante las Resoluciones Generales 1159/2026 y 1160/2026, con el objetivo de simplificar trámites, homogeneizar criterios y agilizar el acceso al mercado de capitales.
En el caso de los Fondos Comunes de Inversión Cerrados, la Resolución General 1160/2026 sustituye integralmente el régimen especial de autorización simplificada para su constitución y modificación. La nueva denominación formal será “Oferta Pública de cuotapartes de FCIC con Autorización Automática por su Mediano Impacto Ampliado”.
El régimen alcanzará a los FCIC destinados exclusivamente a inversores calificados y también a aquellos dirigidos al público general cuya emisión no supere los 100 millones de UVAs, o su equivalente en moneda nacional o extranjera. En estos casos, la autorización automática será obligatoria, sin posibilidad de optar por una revisión previa.
El mecanismo automático se aplicará tanto a la constitución inicial del fondo como a la emisión de nuevos tramos, aumentos de cuotapartes por capitalización de utilidades y determinadas modificaciones al reglamento de gestión, siempre que no alteren las condiciones de acceso.
Respecto de los trámites iniciados con anterioridad, aquellos que encuadren dentro del nuevo régimen podrán optar por continuar bajo el canal general previo o migrar al procedimiento automático. En este último supuesto, la actuación anterior será archivada.
Por su parte, la Resolución General 1159/2026 reestructura las alternativas de oferta pública de valores negociables fiduciarios. La norma elimina los regímenes de autorización automática de Bajo Impacto y Mediano Impacto, y concentra la operatoria bajo las figuras de Mediano Impacto Ampliado y Emisiones Frecuentes.
En adelante, cuando una emisión fiduciaria cumpla con los requisitos objetivos del régimen automático por Mediano Impacto Ampliado, deberá tramitarse obligatoriamente bajo ese procedimiento. La CNV también actualizó exigencias vinculadas con documentación, publicidad, información periódica, constitución, inscripción y oferta.
La reforma representa un cambio operativo importante para fiduciarios, sociedades gerentes, asesores legales y participantes del mercado. El objetivo del organismo es reducir tiempos administrativos, evitar duplicaciones y fortalecer un esquema de autorización más previsible y eficiente.
3. Calendario 2026: los feriados y días no laborables que restan en el año
Agosto tendrá un único feriado nacional: el lunes 17, fecha en la que se conmemora el Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín. Al coincidir con un lunes, la jornada conformará un fin de semana largo de tres días, integrado por el sábado 15, domingo 16 y lunes 17 de agosto.
La fecha reviste especial relevancia histórica, ya que recuerda a una de las figuras centrales de la independencia sudamericana. Además, desde el punto de vista laboral y turístico, genera una nueva oportunidad para el descanso, la recreación y el movimiento interno.
Resulta importante distinguir entre feriado nacional y día no laborable. Los feriados nacionales están establecidos por ley y se equiparan al descanso dominical. En esas jornadas, los trabajadores no tienen obligación de prestar servicios, salvo excepciones previstas por la normativa. Si trabajan, corresponde aplicar el tratamiento salarial propio del feriado.
En cambio, en los días no laborables la decisión de prestar tareas queda a criterio del empleador. Si la empresa decide trabajar, el personal percibe su remuneración habitual, sin los adicionales correspondientes a los feriados nacionales. Si el empleador dispone no trabajar, el salario también debe abonarse.
Para lo que resta de 2026, todavía quedan varias fechas relevantes. El lunes 17 de agosto será feriado por el Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín. Luego, el lunes 12 de octubre se conmemorará el Día del Respeto a la Diversidad Cultural. El lunes 23 de noviembre corresponderá al Día de la Soberanía Nacional, trasladado desde el 20 de noviembre.
También resta el lunes 7 de diciembre, declarado día no laborable con fines turísticos, y el martes 8 de diciembre, feriado nacional por la Inmaculada Concepción de María. Finalmente, el viernes 25 de diciembre será feriado por Navidad.
El último tramo del año ofrecerá varios fines de semana largos. Del 10 al 12 de octubre habrá tres días de descanso por el Día del Respeto a la Diversidad Cultural. Del 21 al 23 de noviembre se conformará otro fin de semana largo por el traslado del Día de la Soberanía Nacional. En diciembre, quienes adhieran al día no laborable turístico del 7 podrán disfrutar un período extendido del 5 al 8 de diciembre, seguido luego por el fin de semana largo de Navidad, del 25 al 27.
Para empleadores, áreas de recursos humanos y estudios contables, el calendario exige revisar con anticipación la correcta liquidación de haberes, la organización de turnos y el tratamiento aplicable a cada jornada, especialmente cuando se combinan feriados nacionales con días no laborables.
4. ARBA publicó los nuevos valores del Monotributo Unificado desde agosto 2026
A partir de agosto de 2026, los contribuyentes adheridos al régimen de Ingresos Brutos Simplificados de ARBA comienzan a pagar los nuevos importes correspondientes a cada categoría. La actualización acompaña la modificación de las escalas del Monotributo nacional y alcanza a quienes utilizan el esquema de Monotributo Unificado en la provincia de Buenos Aires.
El régimen permite cancelar en un solo pago las obligaciones nacionales y provinciales. De esta manera, los pequeños contribuyentes abonan conjuntamente el componente impositivo del Monotributo nacional, los aportes previsionales, el aporte a la obra social cuando corresponda y el impuesto sobre los Ingresos Brutos provincial.
En la provincia de Buenos Aires, el sistema es administrado por ARBA mediante el régimen de Ingresos Brutos Simplificados. La principal ventaja es que el contribuyente no debe presentar declaraciones juradas mensuales ni anuales por el impuesto provincial, ni generar liquidaciones independientes para cumplir con esa obligación.
Los nuevos valores se aplican automáticamente según la categoría vigente del contribuyente y la actividad declarada, diferenciando entre prestación de servicios y venta de cosas muebles. El importe correspondiente se incorpora al Volante Electrónico de Pago del Monotributo o al débito automático, si el contribuyente utiliza esa modalidad.
Desde agosto, la Categoría A abonará $11.505 para servicios y $10.010 para venta. La Categoría B pagará $18.720 y $16.275, respectivamente. La Categoría C tendrá valores de $29.260 para servicios y $25.450 para venta; mientras que la Categoría D abonará $40.685 y $35.380.
En las categorías intermedias, la Categoría E pagará $53.850 para servicios y $46.820 para venta; la F, $76.250 y $66.300; la G, $103.490 y $90.000; y la H, $179.010 y $155.660.
Para las categorías superiores, los nuevos valores serán de $229.420 para servicios y $199.505 para venta en la Categoría I; $302.140 y $262.730 en la Categoría J; y $420.750 y $365.870 en la Categoría K.
Los contribuyentes pueden consultar su categoría vigente ingresando al portal de ARBA con CUIT y Clave CIT, o desde la plataforma del Monotributo, donde figura la categoría nacional y el importe actualizado a pagar.
Quienes hayan realizado una recategorización comenzarán a tributar según la nueva categoría asignada. En cambio, quienes permanezcan en la misma escala abonarán el nuevo importe correspondiente a esa categoría. En todos los casos, el sistema aplicará automáticamente los valores actualizados.
La actualización no modifica el funcionamiento general del régimen, que continúa concentrando en una sola operación mensual el pago del Monotributo nacional y del componente provincial. Sin embargo, sí impacta en el importe final que deberán abonar los pequeños contribuyentes bonaerenses desde agosto.
Conclusión
Las novedades de este 7 de agosto muestran una agenda marcada por definiciones laborales, cambios regulatorios, organización del calendario anual y actualizaciones tributarias provinciales. La homologación del acuerdo de Comercio brinda certeza para las liquidaciones salariales; la CNV simplifica procedimientos para instrumentos del mercado de capitales; los próximos feriados exigirán planificación laboral y turística; y ARBA actualiza los valores del Monotributo Unificado para contribuyentes bonaerenses.
Para empleadores, profesionales, inversores y pequeños contribuyentes, agosto exige revisar escalas, vencimientos, sistemas de liquidación y trámites vigentes. En un escenario de cambios normativos constantes, la anticipación y el cumplimiento ordenado siguen siendo herramientas centrales para evitar contingencias.