NOVEDADES LABORALES Y ECONÓMICAS | 05 DE AGOSTO DEL 2026


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Monotributo, saldos de IVA, multas de ART y paritarias: las claves de agosto

Agosto inicia con una agenda intensa para pequeños contribuyentes, pymes, empleadores y trabajadores. ARCA recordó que hoy vence el plazo para realizar la recategorización del Monotributo; el Gobierno analiza ampliar la devolución de saldos a favor de IVA para MiPyMEs; la Superintendencia de Riesgos del Trabajo actualizó los valores de referencia para multas por incumplimientos; y distintos sectores laborales aplican nuevas escalas salariales, sumas no remunerativas y acuerdos paritarios vigentes.


1. Monotributo: vence hoy el plazo para realizar la recategorización ante ARCA

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero recordó que hoy, miércoles 5 de agosto, vence el plazo para realizar la recategorización del Monotributo. Se trata de una obligación fiscal clave para los pequeños contribuyentes, ya que define la categoría y la cuota mensual que deberán abonar durante el nuevo período.

La recategorización no alcanza a todos los monotributistas, sino únicamente a quienes hayan registrado cambios en sus parámetros de actividad durante los últimos doce meses. Para esta instancia, deben analizarse los datos comprendidos entre julio de 2025 y junio de 2026.

Los cuatro parámetros principales que evalúa ARCA son los ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida, los alquileres devengados y la superficie afectada a la actividad económica. Si alguno de esos valores supera o queda por debajo de los límites previstos para la categoría actual, corresponde realizar el trámite.

Quienes mantienen exactamente la misma categoría y continúan dentro de todos los parámetros permitidos no deben realizar ninguna acción. En esos casos, el sistema mantendrá vigente la categoría actual. Tampoco están obligados a recategorizarse quienes tengan menos de seis meses de actividad dentro del régimen.

En agosto se concentran cuatro fechas relevantes para los monotributistas. Desde el 1° de agosto de 2026 y hasta el 31 de enero de 2027 rige la nueva tabla del Monotributo. Hoy, 5 de agosto, finaliza el plazo para la recategorización. Entre el 6 y el 20 de agosto podrán producirse recategorizaciones de oficio por controles sistémicos. Finalmente, el 20 de agosto vence el pago mensual correspondiente al período agosto, ya con los valores de la nueva tabla.

El trámite se realiza de manera online desde el portal oficial de ARCA, ingresando con CUIT y Clave Fiscal. Luego, el contribuyente debe acceder al servicio Monotributo, seleccionar la opción “Recategorizarme”, revisar la facturación informada por el sistema, confirmar o corregir los datos de ingresos, alquileres, energía y superficie, verificar la categoría resultante y confirmar la operación.

Una vez finalizado el proceso, el sistema genera el Formulario F.184 y permite obtener la nueva credencial de pago. ARCA mantiene además la modalidad de recategorización simplificada, que muestra automáticamente la facturación registrada durante los últimos doce meses y propone una categoría. Si los datos son correctos, el contribuyente puede aceptarla directamente; si detecta diferencias, puede modificarlos antes de confirmar.

Antes de iniciar el trámite, conviene tener a mano la facturación de los últimos doce meses, facturas de energía eléctrica, datos de superficie afectada, contratos y pagos de alquileres si correspondiera, Clave Fiscal vigente y Domicilio Fiscal Electrónico actualizado.

La falta de recategorización puede derivar en controles automáticos. ARCA cruza información proveniente de compras, gastos, movimientos bancarios y acreditaciones financieras. Si detecta inconsistencias, puede aplicar una recategorización de oficio, reclamar diferencias retroactivas de cuota y aplicar las sanciones previstas por la normativa vigente.


2. El Gobierno ampliaría la devolución de saldos a favor de IVA para PyMEs

El Gobierno nacional analiza ampliar en $50.000 millones los montos destinados a la devolución de saldos a favor del Impuesto al Valor Agregado, con foco principal en Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. La medida fue anticipada por el ministro de Economía, y apunta a inyectar liquidez en el sector productivo.

El objetivo central es transformar créditos fiscales inmovilizados en capital de trabajo efectivo. Muchas empresas acumulan saldos a favor ante ARCA por distintas razones, lo que afecta su liquidez y reduce su capacidad de financiar operaciones, inversiones o pagos corrientes.

Según lo informado, el refuerzo del cupo de devoluciones abarcaría distintos conceptos. Entre ellos, se destacan los saldos de IVA por exportaciones, los créditos fiscales originados en inversiones en bienes de uso y los saldos de libre disponibilidad generados por retenciones y percepciones que exceden el débito fiscal.

El componente de mayor peso sería el IVA vinculado a exportaciones, aunque también se buscaría atender situaciones de empresas que realizaron inversiones en equipamiento, infraestructura o bienes de capital y que acumularon créditos fiscales pendientes de devolución o acreditación.

La medida fue presentada en un contexto de preocupación por la situación financiera de las pymes, especialmente por los altos costos del capital de trabajo y por la necesidad de preservar el empleo formal. En ese marco, el Gobierno busca generar alivio a través de una devolución más ágil de fondos que ya pertenecen a las empresas, pero permanecen retenidos dentro del sistema fiscal.

Los especialistas tributarios valoran el anuncio como una señal positiva, aunque advierten que el impacto real dependerá de la implementación. Uno de los principales puntos de análisis será la velocidad de los trámites administrativos ante ARCA, ya que los procesos de verificación previa suelen demorar la efectiva devolución de los saldos.

Otro aspecto observado es el impacto de la inflación sobre los saldos a favor no ajustables. Cuando los créditos permanecen inmovilizados durante largos períodos, pierden valor real, reduciendo el beneficio económico para las empresas.

También resta conocer cómo se distribuirá el nuevo cupo de $50.000 millones. La reglamentación deberá precisar si existirá un orden de prelación según tamaño de empresa, antigüedad del saldo, tipo de crédito fiscal o sector económico alcanzado.

Se espera que en los próximos días se publiquen las normas correspondientes en el Boletín Oficial, donde se definirán el procedimiento operativo, los requisitos de acceso y el cronograma para solicitar la acreditación o devolución de los saldos comprendidos.


3. Riesgos del trabajo: actualizan las multas por incumplimientos desde agosto

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo dispuso una nueva actualización de la unidad de referencia utilizada para calcular multas dentro del régimen de riesgos del trabajo. La medida fue instrumentada mediante la Resolución 36/2026 y tendrá efectos desde el 1° de agosto de 2026.

La actualización alcanza a empleadores autoasegurados, aseguradoras de riesgos del trabajo y compañías de seguros de retiro, en el marco de las obligaciones previstas por la Ley 24.557 y su normativa complementaria.

El cálculo se vincula con el valor del Módulo Previsional, conocido como MOPRE. De acuerdo con el artículo 15 del Decreto 1.694/2009, sustituido por el Decreto 404/2019, el MOPRE equivale al 22% del Haber Mínimo Garantizado.

Como la Resolución ANSES 232/2026 fijó para agosto de 2026 el Haber Mínimo Garantizado en $419.775,93, el nuevo valor del MOPRE queda determinado en $92.350,70.

La Ley 24.557 establece que los incumplimientos de las obligaciones dentro del sistema de riesgos del trabajo pueden ser sancionados con multas de 20 a 2.000 MOPRES. Por lo tanto, con la actualización de la unidad de referencia, también se incrementan automáticamente los valores mínimos y máximos de las sanciones aplicables.

En la práctica, esta actualización refuerza la necesidad de que empleadores, ART y sujetos alcanzados mantengan en regla sus obligaciones vinculadas con prevención, cobertura, registración, información y cumplimiento de las normas del sistema.

El impacto es inmediato para los incumplimientos que sean sancionados desde agosto. Por ello, las empresas deberán revisar sus procedimientos internos y asegurar que las obligaciones vinculadas con riesgos del trabajo se encuentren correctamente cumplidas, a fin de evitar contingencias económicas de mayor magnitud.


4. Paritarias de agosto: incrementos, sumas no remunerativas y escalas vigentes

Agosto llega con novedades salariales en distintos convenios colectivos, incluyendo Empleados de Comercio, Encargados de Edificio, Construcción, Trabajo Agrario y ramas de SMATA. Los acuerdos combinan incrementos porcentuales, sumas fijas, conceptos no remunerativos y cláusulas de revisión para los próximos meses.

En Empleados de Comercio, el acuerdo fue suscripto entre FAECyS y las cámaras empresarias CAC, CAME y UDECA. Durante agosto se aplica el segundo tramo del incremento total del 5,7%, equivalente al 1,9% nominal, calculado sobre los básicos de junio de 2026. Además, se mantiene la suma fija no remunerativa de $120.000, cuya incorporación a los básicos fue diferida en cuotas entre diciembre de 2026 y mayo de 2027. También se abona una suma no remunerativa única de $25.000 junto con el sueldo de agosto, bajo el concepto “Revisión 2026”.

Para Encargados de Edificio, en el marco del CCT 589/10, el acta firmada entre FATERYH y las cámaras de administradores e inmobiliarias estableció un incremento del 1,9% sobre el salario básico de julio para la cuarta categoría, con aplicación proporcional al resto de las categorías del convenio. Asimismo, se acordó un aumento de la suma fija remuneratoria mensual en $25.000, abonada junto con los haberes. Las partes volverán a reunirse en septiembre para evaluar nuevas recomposiciones.

En Construcción, UOCRA, CAMARCO y FAEC formalizaron una contribución empresarial del 2% sobre las remuneraciones sujetas a aportes y contribuciones legales, destinada a financiar acciones asistenciales, sociales, previsionales y culturales en beneficio de los trabajadores comprendidos en los CCT 76/75 y 577/10. El aporte deberá efectuarse mensualmente, desde julio y durante todo el tramo paritario vigente, mediante la boleta oficial y en la cuenta bancaria indicada para tal fin. La contribución será administrada en forma separada de los fondos sindicales ordinarios y se encuentra pendiente de homologación.

En Trabajo Agrario, UATRE y las entidades representativas del sector empleador alcanzaron un nuevo acuerdo salarial en el ámbito de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario. El entendimiento contempla incrementos escalonados entre julio y octubre de 2026, con cronogramas específicos por actividad, e incorpora sumas no remunerativas que disminuyen progresivamente. Para agosto, el salario del Peón General queda fijado en $1.165.074,32, más una suma no remunerativa de $18.000. Además, se prevé una cuota de solidaridad gremial del 2% para trabajadores no afiliados, con retención a cargo del empleador.

En SMATA también se aplican nuevas escalas en distintas ramas. Para Talleres de Revisión, bajo el CCT 777/20, los básicos de agosto van de $1.415.606,50 a $2.245.790,50 según categoría, y se mantiene un bono alimentario diario de $2.970,77. En Concesionarios ACA, CCT 454/06, los básicos de agosto son de $2.427.277 para Oficial Superior y $2.280.432 para Oficial de Primera, junto con actualizaciones en adicionales de producción, presentismo y multifunción.

En Concesionarios ACARA, bajo el CCT 776/20, los básicos de agosto incluyen $2.093.800,83 para Especialista Múltiple Superior en Servicios y $1.869.101,27 para Administrativo Especializado. Los vendedores mantienen un mínimo garantizado del 0,5% de comisión sobre el precio de venta, exento de impuestos.

En conjunto, los acuerdos vigentes muestran una dinámica salarial marcada por recomposiciones graduales, sumas complementarias y cláusulas de revisión. Para empleadores y áreas de liquidación, agosto exige especial atención a los conceptos remunerativos y no remunerativos, a las fechas de vigencia y a los acuerdos pendientes de homologación.


Conclusión

Las novedades de este 5 de agosto reflejan una agenda cargada de obligaciones y actualizaciones. El Monotributo llega a su fecha límite de recategorización; el Gobierno evalúa ampliar la devolución de saldos de IVA para dar liquidez a las pymes; la SRT actualiza el valor de referencia para multas por incumplimientos; y distintos sectores laborales aplican nuevos tramos salariales y sumas complementarias.

Para contribuyentes, empresas, empleadores y profesionales, agosto exige revisión de parámetros, seguimiento normativo y especial cuidado en las liquidaciones. En un escenario de controles automáticos y cambios permanentes, cumplir en término y documentar correctamente cada trámite vuelve a ser una herramienta central para evitar contingencias.