Junio comienza con una agenda marcada por medidas de alivio fiscal, nuevas tensiones laborales y mayores exigencias documentales para operaciones internacionales. ARCA lanzó un plan especial para clínicas y sanatorios, la FACPCE pidió medidas excepcionales para PyMEs, la reforma laboral abrió un fuerte debate sobre la vigencia de convenios colectivos antiguos y se reglamentó un nuevo marco para pagos al exterior.
ARCA lanzó un plan de hasta 60 cuotas para clínicas y sanatorios
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero implementó, mediante la Resolución General 5858/2026, un régimen especial de facilidades de pago destinado a clínicas y sanatorios. La medida busca atender la delicada situación económica y financiera de un sector estratégico para la continuidad de servicios esenciales de salud.
El plan permitirá regularizar deudas impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 31 de mayo de 2026, inclusive. También podrán incluirse multas aplicadas hasta esa fecha, retenciones y percepciones impositivas, tributos vinculados al comercio exterior e intereses asociados.
El esquema contempla hasta 60 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con un pago a cuenta del 3% de la deuda consolidada. Tanto el anticipo como cada cuota deberán ser de al menos $50.000. La tasa de financiación será equivalente al 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente al 9 de junio de 2026.
Para acceder, los establecimientos deberán estar comprendidos en la Ley 17.132 y ser informados por el Ministerio de Salud a ARCA. Una vez validados, serán caracterizados en el Sistema Registral con el código 481, correspondiente a “Establecimientos de Salud con Internación”.
Quedan excluidos del régimen conceptos como cuotas destinadas a ART, aportes y contribuciones a obras sociales, seguro colectivo de vida obligatorio, anticipos, pagos a cuenta vencidos y determinadas retenciones previsionales. La adhesión estará disponible desde el 9 de junio hasta el 30 de septiembre de 2026.
La FACPCE pidió un plan especial para PyMEs y suspensión de embargos
La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas solicitó a ARCA la implementación de un régimen especial de facilidades de pago para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, junto con la suspensión transitoria de embargos y medidas cautelares.
La entidad advirtió que, si bien algunos indicadores macroeconómicos muestran mejoras, la situación sectorial continúa siendo heterogénea. Muchas PyMEs enfrentan problemas de liquidez, caída de actividad y dificultades para sostener el cumplimiento fiscal, lo que deriva en mora, caducidad de planes anteriores y mayor presión financiera.
El pedido se estructura sobre tres ejes. En primer lugar, un régimen especial con más cuotas, tasas reducidas y requisitos simplificados. En segundo término, la posibilidad de incluir obligaciones ya refinanciadas, planes caducos, retenciones y percepciones no ingresadas, anticipos, recargos e intereses. Finalmente, la suspensión o limitación de embargos para contribuyentes que adhieran al régimen o acrediten voluntad de regularización.
La Federación sostiene que estas medidas permitirían compatibilizar la recaudación fiscal con la continuidad operativa de las empresas y la preservación del empleo formal.
Convenios colectivos viejos: crece la disputa por el impacto de la reforma laboral
La Ley de Modernización Laboral abrió un intenso debate sobre la vigencia de convenios colectivos antiguos, especialmente aquellos firmados en 1975 o 1994 y que se encuentran vencidos.
La discusión se concentra en la diferencia entre cláusulas obligacionales y cláusulas normativas. Las primeras, vinculadas a obligaciones entre sindicatos y cámaras empresarias —como cuotas solidarias, aportes sindicales de no afiliados o contribuciones empresarias al gremio— perderían vigencia y deberían renegociarse. Las segundas, en cambio, contienen derechos aplicables a los trabajadores, como escalas salariales, categorías, adicionales, jornada laboral, licencias y beneficios convencionales.
La interpretación restrictiva sostiene que la ley preserva la vigencia de las cláusulas normativas hasta la firma de un nuevo convenio, protegiendo derechos adquiridos y respetando principios constitucionales del derecho laboral.
La interpretación amplia, impulsada por algunos sectores empresarios, entiende que el Decreto 407/2026 permitiría revisar también cláusulas normativas de convenios vencidos, abriendo la puerta a una renegociación integral de condiciones laborales.
El debate no es menor. Si prosperara la interpretación amplia, podrían discutirse aspectos centrales de múltiples convenios: categorías profesionales, adicionales por antigüedad, presentismo, fallas de caja, zonas desfavorables, licencias especiales, jornadas mejoradas, beneficios sociales y regímenes de ascenso.
En este contexto, será clave el criterio que adopte la Secretaría de Trabajo, los eventuales dictámenes administrativos y las primeras definiciones judiciales. Mientras tanto, los especialistas recomiendan revisar los recibos de sueldo para verificar que no continúen aplicándose descuentos cuya vigencia haya cesado, como determinadas cuotas solidarias.
ARCA publicó la Resolución General 5855/2026, que reemplaza la antigua RG 3497 y establece un nuevo marco operativo para pagos a beneficiarios del exterior alcanzados por el Impuesto a las Ganancias, especialmente en el contexto de convenios internacionales para evitar la doble imposición.
La norma alcanza a beneficiarios del exterior, sujetos pagadores y agentes de retención, incluso cuando por aplicación de un convenio no corresponda practicar retención.
Uno de los cambios centrales es la acreditación de residencia fiscal. Los beneficiarios extranjeros deberán presentar un certificado de residencia fiscal vigente, emitido por la autoridad competente del país correspondiente. Si el certificado no indica plazo, tendrá una validez máxima de 12 meses. Además, deberá contar con apostilla o legalización consular, salvo que pueda verificarse digitalmente mediante canales oficiales.
El pagador deberá exigir una declaración jurada del beneficiario del exterior, conservar contratos, facturas, certificados y comprobantes de la operación, y garantizar su disponibilidad ante eventuales fiscalizaciones. Si el pagador y el agente de retención no son la misma persona, deberá remitirse copia de la documentación al agente interviniente.
En caso de no acreditar correctamente la residencia fiscal, corresponderá aplicar la retención de Ganancias sin los beneficios del convenio internacional. La norma también prevé mecanismos de ajuste o anulación en SIRE y recuperación de montos retenidos en exceso cuando corresponda.
La resolución entra en vigencia desde su publicación y será aplicable a pagos efectuados a partir de los 15 días corridos posteriores.
Las novedades del día muestran un escenario en el que el alivio fiscal convive con mayores controles y debates laborales de fondo. Mientras ARCA intenta dar respuesta al sector salud y redefine los requisitos para operaciones internacionales, las entidades profesionales reclaman herramientas más amplias para sostener a las PyMEs. Al mismo tiempo, la reforma laboral empieza a producir efectos concretos sobre convenios colectivos históricos, abriendo una etapa de interpretación jurídica y negociación sectorial que será decisiva para empresas y trabajadores.