En un contexto de profunda reconfiguración normativa, el Gobierno nacional y los organismos de control continúan avanzando en medidas que impactan directamente en la operatoria de empresas, profesionales y contribuyentes. La reglamentación del Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), las definiciones de la Inspección General de Justicia, la digitalización total de procesos ante la UIF y las exigencias en facturación electrónica consolidan un nuevo escenario donde la formalidad, la trazabilidad y la planificación fiscal adquieren un rol central.
1. RIMI: el Gobierno reglamenta el acceso a beneficios fiscales para inversiones productivas
Mediante el Decreto 242/2026, el Poder Ejecutivo puso en marcha el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones, previsto en la Ley 27.802, estableciendo las condiciones concretas para su implementación.
Quiénes pueden acceder
El régimen está dirigido a:
Un requisito esencial es contar con el Certificado MiPyME vigente, lo que introduce un primer filtro formal de acceso.
Qué inversiones están alcanzadas
La normativa delimita con precisión los activos elegibles:
Este enfoque prioriza inversiones con impacto directo en la productividad y la competitividad.
Beneficios y condiciones
Además, el acceso queda condicionado a la inexistencia de deudas fiscales exigibles, reforzando la lógica de cumplimiento previo.
El RIMI no solo incentiva la inversión, sino que introduce un esquema donde la formalidad fiscal es condición indispensable para acceder a beneficios.
2. IGJ: seguridad jurídica para la representación societaria
La Inspección General de Justicia (IGJ) emitió la Resolución General 1/2026, que aclara uno de los puntos más controvertidos del derecho societario: la validez de los actos realizados por autoridades no inscriptas o con mandato vencido.
La norma reafirma que:
Esto implica que terceros no pueden desconocer la representación alegando falta de inscripción si conocían la designación.
Ante el vencimiento del plazo:
Este criterio evita situaciones de acefalía y garantiza la continuidad operativa de las sociedades.
Otro punto relevante es la libertad en la constitución de garantías:
La resolución reduce rigideces formales y aporta previsibilidad en la gestión societaria cotidiana.
3. UIF: digitalización total y endurecimiento de controles
La Unidad de Información Financiera (UIF) dio un paso decisivo hacia la digitalización integral del sistema de prevención de lavado de activos mediante la Resolución 37/2026.
Nuevo esquema operativo
Esto elimina completamente los procesos presenciales o en papel.
Se detallan exigencias específicas para:
Plazos y sanciones
El cambio más significativo es el endurecimiento del régimen:
La digitalización viene acompañada de un sistema de control más riguroso, donde los errores formales pueden tener consecuencias inmediatas.
4. Facturación electrónica: mayores exigencias para monotributistas
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero refuerza los controles sobre el régimen simplificado, estableciendo pautas claras para la emisión de comprobantes electrónicos.
Obligaciones principales
El organismo monitorea en tiempo real:
El tope máximo anual alcanza actualmente los $108.357.084,05 (Categoría K).
Riesgos por incumplimiento
La exclusión del régimen implica un salto abrupto al Régimen General, con mayores cargas impositivas y administrativas.
Las medidas implementadas consolidan una tendencia clara en el sistema regulatorio argentino:
En este nuevo contexto, el desafío para empresas y profesionales no es solo cumplir, sino integrar normativa, tecnología y estrategia en la gestión diaria.