El inicio del año continúa marcado por decisiones clave en materia fiscal, productiva y previsional. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero reglamentó un alivio fiscal para microempresas, el Gobierno nacional redujo a cero un aporte estratégico para la industria fueguina, ARCA comenzó a notificar a empresas que no retuvieron Ganancias a sus empleados y la ANSES confirmó el cronograma completo de pagos para todo 2026.
1) Microempresas: ARCA reglamentó la prórroga del cómputo del impuesto al cheque
Mediante la Resolución General 5817, publicada hoy en el Boletín Oficial, ARCA reglamentó la prórroga del beneficio que permite a las microempresas computar el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias como pago a cuenta de las contribuciones patronales.
La medida se dicta en cumplimiento del Decreto 923/2025, que extendió este alivio fiscal para los períodos devengados entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2026.
Puntos centrales del régimen
Para utilizarlo, los empleadores deberán operar con el release 5 de la versión 47 del sistema “Declaración en línea”, ya disponible en el sitio web de ARCA.
2) Régimen de Tierra del Fuego: reducen a cero el aporte al Fondo FAMP
A través de la Resolución 20/2026, la Secretaría de Industria y Comercio dispuso la reducción al 0% del aporte mensual obligatorio al Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina (FAMP) que debían realizar las empresas industriales radicadas en Tierra del Fuego.
La decisión responde al deterioro de la competitividad del sector, profundizado por la eliminación de aranceles a la importación de celulares y el proceso de apertura comercial en curso.
Alcance de la medida
El objetivo es preservar la capacidad productiva y el empleo en el área aduanera especial.
No obstante, las empresas deberán cumplir con los proyectos propios ya aprobados por el Comité Ejecutivo del FAMP; de lo contrario, deberán reintegrar los aportes retenidos más intereses.
3) ARCA pone la lupa sobre empresas que no retienen Ganancias a empleados
ARCA comenzó a enviar comunicaciones formales a empresas que, tras un análisis de sueldos y jornales, no practicaron retenciones del Impuesto a las Ganancias pese a que las remuneraciones de ciertos empleados quedarían alcanzadas por el régimen correspondiente al período fiscal 2025.
En las notificaciones, el organismo sugiere revisar la situación conforme a la RG (AFIP) 4003 y recuerda que las empresas cuentan con plazo hasta el 30 de abril de 2026 para realizar la liquidación anual y presentar el Formulario F.1359.
La comunicación aclara que, si el empleador verifica que no corresponde practicar retenciones —o se encuentra alcanzado por una medida cautelar vigente—, puede desestimar el aviso sin realizar acciones adicionales.
4) ANSES confirmó el calendario completo de pagos para 2026
La ANSES oficializó el cronograma anual de pagos de jubilaciones, pensiones, asignaciones familiares, AUH y Tarjeta Alimentar correspondiente a todo 2026, manteniendo el esquema escalonado por terminación de DNI.
El calendario incluye las dos cuotas del Sueldo Anual Complementario (SAC):
Primera cuota: junio 2026
Segunda cuota: diciembre 2026
Fechas generales
Jubilados y pensionados con haber mínimo: cobran entre el 9 y el 22 de cada mes, según DNI.
Haberes superiores al mínimo: pagos concentrados entre el 23 y fin de mes.
AUH y Tarjeta Alimentar: cronograma similar al de los haberes mínimos.
Este esquema busca ordenar la operatoria bancaria y evitar aglomeraciones, garantizando previsibilidad a millones de beneficiarios durante todo el año.