NOVEDADES LABORALES Y ECONÓMICAS | 02 DE ENERO DEL 2026


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Primer viernes del año: ARCA prorroga planes de pago, la CNV habilita doble inscripción y cambian las reglas de sanciones; además, guía clave para viajar con dólares

 El inicio del año llega con una agenda intensa para contribuyentes, profesionales y el mercado financiero. En su primera decisión relevante de 2026, ARCA extendió la vigencia del régimen general de facilidades de pago, mientras que la CNV introdujo un cambio estructural que permitirá a las Sociedades Gerentes de Fondos Comunes de Inversión sumar una segunda licencia operativa como Agentes de Negociación. En paralelo, la aplicación de la Ley de Inocencia Fiscal empieza a mostrar su letra chica: menos automaticidad en sanciones, pero multas sensiblemente más altas y un salto histórico en los umbrales penales. Y, en plena temporada turística, ARCA recordó los límites para egresar del país con divisas en efectivo, una consulta que se multiplica en aeropuertos y pasos fronterizos.


1) ARCA extiende el régimen de facilidades de pago hasta el 31 de marzo de 2026


A través de la Resolución General 5808, publicada hoy, ARCA prorrogó hasta el 31 de marzo de 2026 el plazo para adherir al régimen general de planes de pago previsto originalmente por la RG 5711, cuya fecha límite era el 30 de diciembre de 2025.

El régimen permite regularizar deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social vencidas al 31 de agosto de 2025. La prórroga no modifica la “arquitectura” del plan: se mantienen los requisitos de formalización, tasas de interés y cantidad de cuotas definidos en la norma original. En términos prácticos, la decisión otorga un margen adicional para ordenar saldos pendientes en un período que, por estacionalidad, suele concentrar cierres contables, recategorizaciones y vencimientos sensibles.


2) La CNV habilita la doble inscripción: Sociedades Gerentes podrán inscribirse también como Agentes de Negociación


Con la Resolución General 1102/2025, la CNV habilitó que las Sociedades Gerentes de FCI puedan solicitar su inscripción simultánea como Agentes de Negociación (AN). El objetivo declarado es ganar eficiencia y modernizar estructuras que, hasta ahora, requerían compartimentos jurídicos separados para operar en ambos roles.

La reforma, sin embargo, fija límites estrictos para evitar conflictos de interés:

  • Segregación de funciones: quienes adopten doble categoría deberán operar como unidades de negocio autónomas, con contabilidad separada y trazabilidad propia.
  • Prohibición de “operaciones cruzadas”: se impide que la Sociedad Gerente actúe como AN en operaciones de los fondos que administra, evitando que la entidad opere “de ambos lados del mostrador”.
  • Incompatibilidades: no podrán ser AN las Sociedades Gerentes que sean entidades financieras o que ya actúen como Agentes de Custodia (ACyDI).
  • Más control y transparencia: se refuerza el rol del Responsable de Cumplimiento Regulatorio, con informes específicos para asegurar que la colocación de cuotapartes y el asesoramiento no se contaminen por intereses cruzados.

Además, se exigen criterios de idoneidad por unidad de negocio y una mayor apertura informativa en estados contables, con detalle de ingresos netos por actividad.


3) Ley de Inocencia Fiscal: menos sanción automática, pero multas más altas y umbrales penales históricos


Con la entrada en escena de la Ley 27.799 (Ley de Inocencia Fiscal), ARCA difundió precisiones operativas que delinean un nuevo vínculo fisco–contribuyente: menos automatismos, más foco en la conducta, pero con sanciones actualizadas a valores reales.

Cambios clave en sanciones administrativas

  • Fin de la multa automática: antes de sancionar, ARCA enviará un aviso previo con 10 a 15 días hábiles de anticipación.
  • Graduación por demora: se habilita una merituación de la sanción según días de retraso.
  • Instancia de intimación: la multa se aplicará luego de agotado el plazo del recordatorio sin regularización.

Actualización severa de montos (Ley 11.683)

  • Omisión de DDJJ Personas Humanas: de $200 a $220.000
  • Omisión de DDJJ Personas Jurídicas: de $400 a $440.000

Nuevo régimen penal tributario: suben los umbrales

  • Evasión simple: de $1.500.000 a $100.000.000 por tributo y ejercicio.
  • Evasión agravada: de $15.000.000 a $1.000.000.000.
  • Actualización automática desde 2027: ajuste anual por UVA.

Beneficio para “cumplidores”

La ley reduce el plazo de prescripción de 5 a 3 años para contribuyentes considerados “cumplidores”, siempre que no exista “discrepancia significativa”: diferencia mayor al 15% o nominal superior a $100.000.000.

Ganancias simplificada

Se habilita un régimen de Declaración Simplificada para personas humanas con ingresos totales hasta $1.000 millones y patrimonio total hasta $10.000 millones (últimos tres ejercicios), con adhesión vía Sistema Registral. Para el período fiscal 2025, el plazo vence el día anterior al primer vencimiento general de junio de 2026.


4) Vacaciones: con cuántos dólares se puede salir de Argentina y qué pasa si se excede el límite


En plena temporada alta, ARCA recordó las reglas vigentes (RG 5659/2025) sobre egreso de divisas en efectivo:

  • Mayores de 16 años o menores emancipados: hasta USD 10.000 (o equivalente en otras monedas) por persona.
  • Menores de 16 no emancipados: hasta USD 5.000.

El cálculo se realiza con el tipo de cambio comprador del Banco Nación del cierre del día hábil inmediato anterior al viaje. Si se trasladan pesos argentinos, también se computan dentro del tope tras la conversión.

Si necesitás salir con más dinero

La norma es tajante: no se permite egresar montos superiores al límite en efectivo. Para sumas iguales o superiores al tope, la operatoria debe canalizarse por entidades financieras y cambiarias autorizadas.

En materia de formularios, se recuerda:

  • Para ingreso al país con más de USD 10.000: formulario OM 2249-A.
  • Para egreso de moneda nacional por encima del equivalente: formulario OM 2250-B.

La omisión puede derivar en infracción al Código Aduanero, retención del excedente y sumarios con multas de entre 10% y 50% del monto no declarado.

Conclusión

Este primer viernes del año combina dos mensajes simultáneos: más herramientas de regularización y simplificación, y al mismo tiempo mayor sofisticación regulatoria —tanto en el mercado de capitales como en el esquema sancionatorio tributario—. En el medio, la temporada turística obliga a un recordatorio básico pero crucial: cumplir los límites de divisas en efectivo puede evitar que el viaje empiece con un problema administrativo en Aduana.