La segunda semana de noviembre trae una serie de actualizaciones clave en materia tributaria, previsional y de riesgos del trabajo. Se publicó el nuevo índice para la actualización de haberes jubilatorios, ARCA avanza con cambios técnicos en el SIRADIG y la implementación obligatoria del IVA Simple, y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo fijó un nuevo aporte millonario al fondo de Comisiones Médicas.
1) Movilidad jubilatoria: nuevos índices de actualización de remuneraciones
La Subsecretaría de Seguridad Social, a través de la Disposición 29/2025, aprobó el índice combinado que se aplicará para la actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por trabajadores en relación de dependencia que cesen a partir del 30 de noviembre de 2025 o soliciten su beneficio previsional desde el 1° de diciembre.
La medida se dicta en cumplimiento del artículo 4° de la Ley 27.609, que determina la actualización de los haberes previsionales mediante un índice combinado compuesto por:
El indicador previsto en la Ley 27.260 (Programa Nacional de Reparación Histórica).
El RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables), elaborado por la Secretaría de Seguridad Social.
La metodología utilizada fue aprobada por la Resolución 3/2021, conforme al Decreto 104/2021, y busca mantener la coherencia entre la evolución salarial y la movilidad de los haberes previsionales.
Con este nuevo índice, el Gobierno busca sostener el poder adquisitivo de los jubilados y ajustar las bases de cálculo de futuras jubilaciones a la evolución real de las remuneraciones en el mercado formal.
2) SIRADIG: ya puede cargarse la autorretención de Ganancias
La Resolución General 5683 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó la carga de la autorretención voluntaria del Impuesto a las Ganancias dentro del sistema SIRADIG-Trabajador.
Esta figura aplica en dos casos:
Liquidación anual: cuando el Formulario 1359 arroja un saldo a pagar —por errores del empleador o solicitud del trabajador— y este desea regularizar el importe sin inscribirse en el impuesto.
Pago mensual insuficiente: cuando el empleador no retuvo el total del impuesto y lo dejó consignado en el recibo de sueldo.
Para ambos escenarios, el contribuyente podrá generar un VEP de autorretención con los siguientes códigos:
| IMPUESTO | CONCEPTO | SUBCONCEPTO |
| 11 | 708 – Ganancias 4ta categoría – Autorretención voluntaria | 708 – Ganancias 4ta categoría – Autorretención voluntaria |
Una vez realizado el pago, el monto se debe informar en el SIRADIG como “pago a cuenta”.
Hasta ahora, el sistema no permitía cargar manualmente la autorretención. Sin embargo, ARCA confirmó que la nueva versión del servicio importará automáticamente la información de sus bases, facilitando el control y la imputación de los pagos.
Se espera la publicación de una nueva guía del usuario de SIRADIG-Trabajador, que incluirá este procedimiento actualizado.
3) IVA Simple: desde noviembre su uso es obligatorio
Con la entrada en vigencia de la Resolución General 5705, ARCA dispuso que el IVA Simple será de uso obligatorio a partir de las declaraciones juradas de noviembre 2025, con vencimiento en diciembre.
El nuevo esquema reemplaza definitivamente al sistema tradicional y se compone de dos módulos centrales:
Módulo 1 – Registración: genera el Formulario 2083, correspondiente al Libro de IVA Digital.
Módulo 2 – Determinación y saldo: genera el Formulario 2051, que unifica la determinación del impuesto y el cálculo del saldo técnico.
Durante el período junio–octubre 2025, el uso del sistema fue optativo, pero desde este mes ambos módulos son obligatorios.
Además, el Módulo 1 reemplaza al Libro IVA Digital clásico e incorpora nuevas aperturas que permiten mayor detalle de operaciones, créditos y débitos fiscales.
De este modo, el IVA Simple busca simplificar la declaración y fiscalización, reducir errores de carga y unificar los procesos de presentación y pago del impuesto.
4) Nuevo aporte de ART y empleadores autoasegurados al Fondo de Comisiones Médicas
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) emitió la Resolución 49/2025, estableciendo un nuevo aporte obligatorio de $14.331.906.966,05 al Fondo de Reserva para el Funcionamiento de las Comisiones Médicas.
El aporte deberá ser ingresado por las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) y los Empleadores Autoasegurados (EA), distribuyéndose a prorrata según la cantidad de trabajadores asegurados declarados por cada entidad.
El objetivo del fondo es financiar los gastos operativos, técnicos y administrativos de las Comisiones Médicas, encargadas de evaluar la incapacidad laboral y resolver controversias entre trabajadores y empleadores.
La SRT explicó que la actualización del aporte responde al aumento de los costos fijos y variables del sistema, derivados del incremento en la demanda de trámites y del fortalecimiento de los servicios médicos y periciales.
Con esta resolución, se reemplaza el monto fijado por la Resolución 60/2024 y se actualiza el esquema dispuesto originalmente por la Resolución 1105/2010, que creó el fondo.
Las medidas publicadas esta semana confirman la tendencia hacia una mayor digitalización, actualización y eficiencia en los sistemas previsionales y fiscales.
La Seguridad Social refuerza el vínculo entre salarios e índices jubilatorios.
ARCA agiliza la gestión del Impuesto a las Ganancias e implementa definitivamente el IVA Simple.
Y la SRT ajusta los aportes para sostener el funcionamiento de las Comisiones Médicas.
Un escenario de cambios técnicos que, en conjunto, apunta a mejorar la trazabilidad, la transparencia y la sustentabilidad del sistema público argentino.