NOVEDADES LABORALES Y ECONÓMICAS | 05 DE SEPTIEMBRE DEL 2025


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Novedades sobre indemnizaciones laborales, cambios en compensaciones fiscales, IVA internacional y emergencia agropecuaria


Medidas que impactan en distintos sectores: trabajadores, empresas, contribuyentes y productores rurales. Desde la actualización de pisos indemnizatorios en el sistema de Riesgos del Trabajo hasta la declaración de la emergencia agropecuaria en Buenos Aires y San Juan, pasando por cambios clave en el régimen de compensaciones fiscales y la forma de declarar ingresos en el exterior en el IVA.


1. Riesgos del Trabajo: nuevos montos para indemnizaciones y compensaciones


La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) oficializó la actualización de las compensaciones dinerarias y pisos indemnizatorios a través de la Resolución 37/2025, vigente desde el 1° de septiembre de 2025 hasta el 28 de febrero de 2026.

Los principales valores fijados son:

  • ILP (Incapacidad Laboral Permanente): $38.946.415.
  • Indemnización por incapacidad o muerte (Decreto 1694/09): $48.683.019.
  • Indemnización por muerte (Art. 18, Ley 24.557): $58.419.605.

En cuanto a los pisos mínimos, se destacan:

  • ILP: $87.629.423 multiplicado por el porcentaje de incapacidad.
  • Incapacidad total: $87.629.423.
  • Muerte o incapacidad total (Ley 26.773): $16.595.103.

Estos valores, ajustados según el RIPTE, buscan mantener el poder adquisitivo de las prestaciones y dar previsibilidad a trabajadores, empleadores y aseguradoras.


2. ARCA moderniza el régimen de compensación de saldos impositivos


Con la Resolución General 5753/2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) unificó y reemplazó normativas previas, permitiendo que los contribuyentes cancelen deudas fiscales exigibles con saldos a favor, incluso entre distintos impuestos.

Entre las novedades se incluyen:

  • Trámite vía Sistema de Cuentas Tributarias con Clave Fiscal.
  • Controles automáticos en línea para validar la viabilidad.
  • Emisión de formulario con leyenda de “Compensación automática”.
  • Posibilidad de recurrir a Presentaciones Digitales en caso de observaciones.

Además, se habilita la compensación en Impuestos Internos y se derogan las RG 1658, 3175, 4334 y 4521.

En paralelo, la Resolución 5754/2025 aclaró que los créditos fiscales con antigüedad mayor a cinco años solo podrán usarse si la Agencia los valida, alineando el procedimiento con los plazos de prescripción.


3. IVA Simple: cómo declarar ingresos generados en el exterior


Un informe técnico aclaró cómo deben registrarse en el IVA operaciones internacionales que no califican como exportaciones, pero que constituyen rentas de fuente extranjera.

Casos frecuentes incluyen:

  • Bienes físicos: compra y venta en el exterior sin nacionalización.
  • Inmuebles en el extranjero: alquileres percibidos fuera del país.
  • Servicios prestados íntegramente fuera de Argentina: por ejemplo, un profesional que trabaja en el exterior.

En estas situaciones, no corresponde emitir factura tipo E de exportación, sino factura tipo B, identificando al beneficiario del exterior con un CUIT genérico. Dichos comprobantes se registran en el Libro IVA Digital y generan el Formulario 2083, aunque no se consideran operaciones gravadas en el país.

La precisión normativa busca evitar confusiones y sanciones, distinguiendo operaciones exentas de aquellas alcanzadas por el impuesto.


4. Emergencia agropecuaria en Buenos Aires y San Juan


El Gobierno declaró la emergencia y/o desastre agropecuario en zonas de las provincias de Buenos Aires y San Juan, a partir de las recomendaciones de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios.

Buenos Aires: mediante la Resolución 1305/2025, se dispuso el beneficio para explotaciones afectadas por inundaciones en partidos como Puán, Tornquist, Bolívar, Tapalqué, Saladillo y Roque Pérez, entre otros. El plazo abarca del 1° de marzo al 31 de agosto de 2025.

San Juan: a través de la Resolución 1306/2025, se declaró la emergencia para explotaciones frutihortícolas dañadas por granizo y/o Peronóspora en 16 departamentos, desde el 1° de abril de 2025 al 31 de marzo de 2026.

Los productores deberán tramitar un certificado provincial que acredite el daño productivo (50% en emergencias y 80% en desastres) para acceder a los beneficios previstos en la Ley 26.509, que incluyen prórrogas y exenciones impositivas.


Conclusión


Las medidas anunciadas este 5 de septiembre muestran cómo distintos organismos buscan adaptar la normativa a un escenario económico desafiante:

  • La SRT actualiza compensaciones y pisos indemnizatorios en línea con el RIPTE.
  • ARCA simplifica y amplía las posibilidades de compensación fiscal, alineando plazos y procedimientos.
  • La normativa de IVA aclara cómo declarar ingresos de fuente extranjera, un área de creciente complejidad.
  • Y el Estado acompaña a los productores de Buenos Aires y San Juan afectados por fenómenos climáticos severos.

Un paquete de disposiciones que combina protección social, alivio fiscal y apoyo productivo, reflejando el delicado equilibrio entre recaudación, previsibilidad y contención frente a crisis coyunturales.