Actualización Fiscal y Laboral: Cambios Clave que Marcan el Inicio del Segundo Semestre 2025
Con el inicio del segundo semestre del año, el escenario fiscal y laboral argentino se ve atravesado por una serie de actualizaciones normativas que impactan de forma directa sobre trabajadores, empleadores y contribuyentes en general. A continuación, un resumen detallado de las principales novedades que entran en vigor a partir de julio y que deben ser tenidas muy en cuenta por todos los actores del sistema.
1. Nuevas multas en el sistema de riesgos del trabajo
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) estableció, mediante la Resolución 31/2025, un nuevo valor para las sanciones aplicables por incumplimientos en el sistema de riesgos del trabajo. A partir del 1º de julio de 2025, los empleadores autoasegurados, las aseguradoras de riesgos del trabajo (ART) y las compañías de seguros de retiro deberán abonar la suma de $68.044,85 por cada infracción constatada en el marco de sus obligaciones legales.
Este monto se deriva de la aplicación del valor actualizado del Módulo Previsional (MOPRE), que está vinculado al haber mínimo garantizado publicado por la ANSES. El cálculo responde a lo dispuesto por el decreto 1694/2009 y la ley 26.417, que establecen que la SRT debe aplicar esta equivalencia cada vez que se actualice dicho haber.
Con esta medida, se busca reforzar el cumplimiento normativo, promoviendo entornos laborales más seguros y condiciones dignas de trabajo, al tiempo que se penaliza el incumplimiento de las normas vigentes en materia de salud y seguridad laboral.
2. Recategorización del Monotributo: fecha límite y escalas actualizadas
Los pequeños contribuyentes que integran el régimen simplificado deberán efectuar la recategorización semestral del Monotributo antes del lunes 5 de agosto de 2025. Así lo establece la Resolución General 5546/2024, que reglamenta el calendario fiscal para este año.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), en conjunto con la Administración de Recaudación y Control de Aranceles (ARCA), publicará las nuevas escalas a partir del 15 de julio, una vez conocido el Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al mes de junio. Estas escalas estarán vigentes desde el 1° de agosto y se calculan tomando como referencia la variación acumulada del IPC en el semestre comprendido entre enero y junio.
La recategorización es obligatoria para todos los monotributistas y se debe realizar considerando los parámetros actualizados de ingresos brutos, superficie afectada a la actividad, energía eléctrica consumida y alquileres devengados al 30 de junio. El cumplimiento de esta obligación asegura que cada contribuyente tribute conforme a su nivel real de actividad, evitando desajustes que puedan derivar en sanciones o exclusión del régimen.
3. Impuesto a las Ganancias: nuevo piso a partir de los aumentos salariales de julio
El próximo 14 de julio se conocerá el dato clave que permitirá determinar los nuevos valores a partir de los cuales los trabajadores en relación de dependencia comenzarán a tributar el Impuesto a las Ganancias. Se trata del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente a junio, el cual será publicado por el INDEC y completará la serie semestral que se utiliza para la actualización automática de los mínimos no imponibles, deducciones y escalas del tributo.
Con estimaciones que proyectan una inflación del 1,5% para junio, se anticipa que los trabajadores solteros comenzarán a tributar Ganancias a partir de ingresos brutos mensuales de $2.329.287,39, mientras que un trabajador casado con dos hijos lo hará desde $3.089.011,87. También se actualizarán las deducciones permitidas, como la ganancia no imponible, la deducción especial, cargas de familia y otros conceptos como alquiler de vivienda, intereses hipotecarios y seguros de vida.
Por otro lado, ARCA implementó desde el 30 de junio una modernización del Sistema de Cuentas Tributarias, que incluye una interfaz segmentada por columnas para visualizar vencimientos, deudas e incluso declaraciones juradas pendientes. El nuevo sistema permite además generar Volantes Electrónicos de Pago (VEP) con cálculo automático de intereses, mejorando significativamente la trazabilidad y el control de las obligaciones fiscales. Esta mejora técnica busca facilitar la gestión tributaria tanto para los contribuyentes como para los asesores fiscales.
4. Aguinaldo: plazo de pago y derechos ante incumplimientos
El Sueldo Anual Complementario (SAC), conocido popularmente como aguinaldo, debe ser abonado en dos cuotas anuales: una en junio y otra en diciembre. Para la primera cuota correspondiente a 2025, la fecha límite para el pago fue el último día hábil de junio. No obstante, la Ley de Contrato de Trabajo establece un plazo de gracia de hasta cuatro días hábiles adicionales, por lo que algunos trabajadores podrían percibir el pago recién el viernes 4 de julio.
El aguinaldo equivale al 50% de la mayor remuneración mensual devengada por el trabajador entre enero y junio. Su percepción es un derecho para todos los empleados en relación de dependencia registrados, así como para jubilados y pensionados del sistema nacional.
En caso de incumplimiento por parte del empleador, el trabajador puede enviar una carta documento intimando al pago inmediato, con la advertencia de iniciar acciones legales. Si la deuda persiste, puede presentarse una denuncia formal ante el Ministerio de Trabajo. Es importante que los trabajadores conozcan y ejerzan estos derechos para garantizar el cumplimiento de sus beneficios laborales y evitar prácticas abusivas o negligentes por parte de sus empleadores.
Conclusión
Las nuevas disposiciones delinean un semestre cargado de obligaciones y ajustes que impactan directamente sobre la planificación financiera tanto de trabajadores como de empresas. Desde las actualizaciones en el sistema de riesgos del trabajo y las escalas del Monotributo, hasta los nuevos valores del Impuesto a las Ganancias y el cumplimiento del aguinaldo, el contexto exige estar atentos a los cambios normativos. Estar informados y actuar a tiempo es clave para evitar sanciones, optimizar beneficios y garantizar el cumplimiento de los derechos laborales y fiscales vigentes.