NOVEDADES LABORALES Y ECONOMICAS | 11 DE ABRIL DEL 2025


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1. CNV propone un nuevo régimen para la tokenización de valores negociables

La Comisión Nacional de Valores (CNV) publicó la Resolución General 1060/2025, mediante la cual convoca a la ciudadanía a participar en la elaboración de una reglamentación innovadora: el “Proyecto de Resolución General sobre Tokenización”. La iniciativa busca establecer un marco legal para permitir la representación digital de valores negociables a través de tecnología blockchain y registros distribuidos.


La tokenización permite transformar activos reales, como acciones, obligaciones negociables o CEDEARs, en representaciones digitales equivalentes, que pueden negociarse de forma más eficiente. La propuesta detalla que la tokenización podrá realizarse al momento de la emisión o posteriormente, siempre con la autorización previa de la CNV y el respaldo de un Agente Depositario Central de Valores Negociables (ADCVN).


El régimen impone requisitos a emisores y Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), que deberán cumplir con normas de seguridad, transparencia y registro. No se permitirá la negociación por fuera de los PSAV autorizados. Además, se prevé un entorno de prueba (Sandbox) de un año para evaluar la implementación. Esta nueva herramienta busca facilitar el acceso a inversiones de menor escala, atraer al público joven y fomentar mercados como el inmobiliario o los agrotokens.


2. CNV flexibiliza normas para fondos comunes de inversión abiertos en moneda extranjera

A través de la Resolución General 1059/2025, la CNV introdujo una flexibilización clave para los fondos comunes de inversión abiertos destinados a inversores calificados. En concreto, se eliminó una restricción que afectaba a los fondos en moneda extranjera que invierten exclusivamente en instrumentos financieros y valores negociables emitidos y negociados dentro del país.


A partir de esta modificación, los patrimonios de estos fondos no se computarán dentro del límite porcentual máximo establecido para las sociedades gerentes, permitiendo una mayor capacidad de gestión de carteras en moneda extranjera. Esta reforma reglamenta lo dispuesto por el artículo 7 bis de la Ley 24.083 y profundiza lo iniciado con la Resolución General 1030/2024.


El presidente de la CNV, Roberto E. Silva, subrayó que esta medida está en línea con la política del Gobierno Nacional orientada a atraer inversiones, ampliar las fuentes de financiamiento y facilitar el acceso al mercado de capitales. Con esta decisión, se espera una mayor fluidez en el diseño de instrumentos de inversión sofisticados para operadores institucionales y grandes inversores.


3.Bienes Personales 2024: nuevo umbral para la declaración jurada informativa

A partir del período fiscal 2023, la Resolución General 5531/2024 eliminó la obligación de presentar la declaración informativa de ingresos, gastos y deducciones. En consecuencia, los contribuyentes únicamente deberán informar sus bienes al 31 de diciembre de cada año, siempre que superen el umbral fijado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).


Para el período 2024, el nuevo límite dependerá del índice utilizado. Si se emplea el coeficiente RIPTE, como en años anteriores, el valor asciende a $43.378.025,84. Sin embargo, tras la sanción de la Ley 27.743, el ajuste se realiza ahora en base al Índice de Precios al Consumidor (IPC), fijando el umbral en $34.663.317,15. Todo indica que se optará por este último.


La obligación alcanza a quienes perciben rentas gravadas o exentas derivadas de empleo público, relación de dependencia, jubilaciones, seguros de retiro, entre otros ingresos. La presentación se efectúa mediante el servicio “Bienes Personales Web” con clave fiscal. Si el contribuyente no está inscripto, puede presentar la declaración hasta el 30 de junio del año siguiente. Esta declaración no puede contener saldo a favor ni a pagar; su único fin es informativo.


4. Ganancias 2025: nuevos montos y deducciones según escalas semestrales

ARCA actualizó los valores del Impuesto a las Ganancias aplicables a trabajadores en relación de dependencia y jubilados para el primer semestre de 2025. Las nuevas escalas surgen de la variación del IPC registrada entre septiembre y diciembre de 2024, lo cual corrigió el desfase del último ajuste, y determinaron un aumento general del 13,35%.


De este modo, el piso a partir del cual se tributa es de $2.280.647 para quienes no declaran cargas de familia, y de $3.024.029 para quienes deducen cónyuge y dos hijos menores. Estos valores netos equivalen, aproximadamente, a ingresos mensuales de entre $1.892.937 y $2.500.000.


Las deducciones vigentes para 2025 son las siguientes:


Ganancia no imponible: $3.916.268,37


Cónyuge: $3.688.339,32


Hijo menor: $1.860.042,98 (duplicado para hijos con discapacidad)


Deducción especial empleados: $18.798.088,20


Autónomos: $13.706.939,31


Emprendedores: $15.665.073,50


Además, se mantienen deducciones específicas por servicio doméstico, alquiler, seguro de vida, intereses hipotecarios y gastos educativos, entre otros. Las alícuotas del impuesto oscilan entre el 5% y el 35%, aplicables según tramos de ganancia neta acumulada.


Con esta actualización, se estima que más de 800.000 personas estarán alcanzadas por el impuesto, un aumento considerable respecto a enero de 2024, producto del cambio en el índice de ajuste.