La AFIP eleva las tasas de interés a partir del 1 de julio de 2.019


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Según la normativa vigente del Ministerio de Hacienda, las tasas de interés que cobrará AFIP a partir del 1 de julio y hasta el 30 de septiembre serán del 4.73% en el caso de los intereses resarcitorios y del 5.76% en el caso de los intereses punitorios.   

La Resolución 50/2019 cuya entrada en vigencia operó a partir del 1 de marzo de 2019, estableció una tasa de interés mensual variable que cambia cada trimestre calendario. La misma se calcula de la siguiente manera: tomar la tasa nominal anual canal electrónico para depósitos a plazo fijo en pesos a 180 días del Banco Nación vigente el día 20 del mes inmediato anterior la inicio del trimestre y multiplicarla por 1,2 veces para intereses resarcitorios y 1,5 veces para intereses punitorios. Dicha resolución facultó a la AFIP a publicar estas tasas de interés en su sitio web al inicio de cada trimestre calendario.

Históricamente y durante 8 años, desde el 01/01/2011 hasta el 28/02/2019, las tasas fueron fijas manteniéndose en un 3% mensual para intereses resarcitorios y 4% mensual para intereses punitorios, en tanto que para el primer trimestre de aplicación de la nueva normativa las tasas fueron del 3,76% (resarcitorio) y 4,61% (punitorio), lo cual implica desde el primer trimestre hasta ahora un aumento del 25,8% en las tasas.

En resumen las nuevas tasas de interés por pago fuera de término de los tributos son los siguientes: (Ver Imagen Adjunta)

Finalmente, es importante destacar que para cancelar obligaciones cuyo vencimiento hubiera operado antes de la entrada en vigencia de esta resolución, se deberán aplicar los regímenes vigentes durante cada uno de los períodos que éstos alcancen. 



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