La Secretaría de Seguridad Social modifica las condiciones de acceso al IFE para ampliar el universo de personas alcanzadas y exime de los requisitos para obtener el beneficio a los titulares de derecho de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social y Asignación por Embarazo para Protección Social.
La Resolución 16/2020 establece que el solicitante deberá reunir los siguientes requisitos:
Se exceptúa de los requisitos estipulados en los primeros tres incisos, a los titulares de derecho de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social y Asignación por Embarazo para Protección Social.
Se entiende por planes y programas sociales, a los efectos de la presente, a aquellos programas de transferencia directa de ingresos destinados a mejorar las condiciones de vida de las personas y grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, no contemplándose, a esos fines, los programas de empleo y capacitación laboral administrados por la Secretaría de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, salvo aquellos que dispongan beneficios o ayudas económicas que constituyan un complemento a cualquier tipo de retribución, los que sí quedan excluidos del IFE.
Fuente: Errepar