AFIP incorporó nuevos trámites al servicio “Presentaciones Digitales”.
La RG 4685/20 estableció con carácter de excepción, hasta el 30 de junio de 2020, inclusive, la utilización obligatoria del servicio “Presentaciones Digitales”, para realizar electrónicamente las presentaciones y/o comunicaciones de varios trámites.
Nuevos Trámites incorporados a “Presentaciones Digitales”
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Desapareció el trámite
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Pasaron a ser Trámites por Consulta Web
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Importante: Las presentaciones digitales enviadas deben cumplir con los requisitos y condiciones que se especifican para cada trámite. Caso contrario, recibirás una comunicación de rechazo en el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) indicando los motivos para que puedas subsanarlos y volver a presentarla.
También te avisaremos por DFE cuando sea necesario que adjuntes documentación complementaria a tu presentación.
Para las presentaciones y/o comunicaciones electrónicas que se efectúen en un día feriado o inhábil e impliquen el inicio de un plazo para algún trámite, este comenzará a contarse a partir del primer día hábil siguiente.