NOVEDADES LABORALES Y ECONÓMICAS | 03 DE NOVIEMBRE DEL 2026


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Novedades tributarias y laborales: Inocencia Fiscal, Ganancias, facturación electrónica y paritarias


El comienzo de noviembre trae importantes novedades para contribuyentes, empresas, trabajadores y profesionales. La reglamentación de aspectos centrales de Inocencia Fiscal, un nuevo pronunciamiento judicial sobre el ajuste por inflación en Ganancias, la ampliación de la factura electrónica y una nueva actualización salarial para empleados de concesionarias configuran una agenda que requiere especial atención.


1. La UIF reglamentó Inocencia Fiscal y establece nuevas pautas para el ingreso de fondos al sistema


La Unidad de Información Financiera (UIF) cumplió con el plazo previsto y publicó la Resolución 144/2026, mediante la cual reglamentó el artículo 40 bis de la Ley de Inocencia Fiscal. La disposición establece un tratamiento diferenciado para quienes adhieran al Régimen Simplificado de Ganancias y busca brindar mayores certezas sobre los controles que deberán aplicar bancos, agentes del mercado de capitales, escribanos y otros sujetos obligados.


Uno de los principales cambios consiste en considerar la adhesión al régimen como un antecedente favorable dentro de los procesos de identificación y monitoreo de los clientes. Para los sujetos adheridos, esta condición funciona como un factor mitigante dentro de la matriz de riesgo de los sujetos obligados.


La resolución también establece una debida diligencia simplificada especial para determinadas operaciones. Cuando las operaciones bancarizadas no superen los $100 millones anuales, se contempla un esquema de controles simplificado, siempre que no existan circunstancias que eleven el nivel de riesgo. En estos casos, la documentación requerida se limita a elementos básicos de identificación, la consulta de la adhesión ante ARCA y los controles correspondientes.


Sin embargo, la reglamentación no elimina las obligaciones generales de prevención del lavado de activos. Continúan vigentes la debida diligencia del cliente, el monitoreo de operaciones, los controles sobre listas vinculadas con terrorismo y proliferación y la posibilidad de emitir Reportes de Operación Sospechosa cuando una operación resulte incompatible con el perfil del cliente.


Uno de los aspectos que todavía requiere desarrollo operativo es la implementación de una consulta automatizada que permita a los sujetos obligados verificar directamente ante ARCA si una persona se encuentra adherida, excluida o dada de baja del régimen. Hasta que esa herramienta esté disponible, la acreditación continuará dependiendo de la documentación correspondiente.


La reglamentación representa un avance para quienes buscan incorporar ahorros al circuito formal. No obstante, las operaciones que superen los umbrales establecidos continúan sujetas a los controles generales del sistema de prevención de lavado de activos.


2. Ganancias: la Justicia habilita el ajuste por inflación de los quebrantos


Un nuevo fallo judicial vuelve a poner bajo análisis el tratamiento del ajuste por inflación en el Impuesto a las Ganancias. La Cámara Federal de Córdoba confirmó la posibilidad de que la empresa Distribuidora de Gas del Centro S.A. —Ecogas— aplique integralmente el ajuste por inflación correspondiente al ejercicio 2024, incluyendo la actualización de quebrantos impositivos acumulados de ejercicios anteriores.


La discusión se originó en las restricciones previstas por la normativa tributaria para actualizar determinados conceptos utilizados en la determinación del impuesto. La empresa sostuvo que esas limitaciones producían una distorsión de su verdadera capacidad contributiva al obligarla a tributar sobre una renta que no reflejaba adecuadamente el efecto de la inflación.


La pericia contable analizó los quebrantos acumulados correspondientes a los ejercicios 2021, 2022 y 2023 y determinó el impacto de su actualización en la liquidación de 2024. El tribunal consideró que esos quebrantos constituyen un elemento relevante para establecer la verdadera renta imponible y que no corresponde excluirlos del cálculo por el solo hecho de que su incidencia porcentual sea reducida.


Sin embargo, la Cámara estableció un límite relevante: los quebrantos actualizados pueden utilizarse para determinar correctamente el impuesto correspondiente al ejercicio 2024, pero no pueden generar nuevos quebrantos o créditos fiscales trasladables a ejercicios posteriores.


La decisión se apoyó en precedentes de la Corte Suprema, entre ellos los criterios establecidos en los casos Candy y Telefónica, vinculados con la aplicación excepcional del ajuste por inflación y sus efectos sobre la determinación del impuesto.


La pericia determinó que, sin considerar integralmente el ajuste, el impuesto determinado ascendía a aproximadamente $14.935 millones, mientras que al incorporar los efectos del ajuste se reducía a unos $12.425 millones. La diferencia fue de aproximadamente $2.510 millones.


El fallo tiene un alcance concreto y se encuentra vinculado con las circunstancias particulares del ejercicio fiscal analizado. La Cámara rechazó la apelación del Estado Nacional y confirmó la sentencia de primera instancia, imponiendo las costas de la segunda instancia al Fisco.


La decisión vuelve a colocar en el centro del debate la necesidad de que la determinación de Ganancias contemple adecuadamente los efectos de la inflación sobre la capacidad contributiva real de las empresas.


3. ARCA amplía la factura electrónica y suma nuevos contribuyentes desde noviembre


Desde el 1 de noviembre de 2026, determinados grupos de pequeños contribuyentes deben comenzar a utilizar sistemas electrónicos para documentar sus operaciones, dejando atrás el uso habitual de los tradicionales comprobantes en papel.


La medida fue establecida por la Resolución General 5893/2026 y alcanza inicialmente a los monotributistas sociales y a los trabajadores independientes incluidos en el Monotributo Promovido.


El objetivo es profundizar la digitalización del sistema de facturación, mejorar la trazabilidad de las operaciones y reducir progresivamente la utilización de comprobantes manuales.


El cronograma contempla diferentes etapas. Los monotributistas sociales y promovidos deben comenzar a utilizar comprobantes electrónicos desde noviembre de 2026, mientras que los contribuyentes no alcanzados por el IVA tendrán como fecha de inicio el 1 de marzo de 2027.


Para emitir los comprobantes, los contribuyentes pueden utilizar herramientas disponibles directamente en ARCA, como Comprobantes en Línea y el Facturador de ARCA, que permite generar facturas desde computadoras, celulares o tablets.


El procedimiento requiere ingresar con CUIT y Clave Fiscal, seleccionar el servicio correspondiente, elegir el punto de venta habilitado, completar los datos de la operación y del receptor y confirmar la emisión del comprobante electrónico.


La nueva obligación no implica un cambio en las categorías del Monotributo ni la creación de un nuevo impuesto. El cambio se concentra en la forma de documentar las operaciones y en la incorporación de contribuyentes que hasta ahora contaban con determinadas excepciones.


Los comprobantes en papel quedan reservados para situaciones de contingencia, como fallas técnicas que impidan utilizar los sistemas electrónicos. Por ello, quienes todavía utilizan talonarios manuales deberán adaptar su operatoria y verificar previamente que tengan habilitados los servicios digitales necesarios.


En el caso particular de los monotributistas sociales independientes, también resulta importante revisar las condiciones de permanencia en el régimen y las obligaciones vinculadas con la emisión de comprobantes.


4. Paritaria para empleados de concesionarias de autos: cómo quedó la escala salarial


El Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor (SMATA) y la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA) acordaron una nueva actualización salarial para el personal comprendido en el CCT 99/23, correspondiente al último trimestre de 2026.


El acuerdo establece mejoras salariales desde el 1° de octubre, con importes nominales diferenciados según cada escalafón. Para octubre y noviembre se fijaron determinados valores salariales, mientras que en diciembre se incorporó un incremento complementario.


Entre las principales categorías del personal de servicios del automotor, los valores de octubre y noviembre quedaron establecidos en $2.146.145,85 para el Especialista Múltiple Superior en Servicios, $1.899.568,77 para el Especialista Superior en Servicios, $1.734.267,74 para el Especialista en Servicios, $1.635.432,24 para el Experto en Servicios y $1.334.285,22 para el Ayudante en Servicios.


En el área administrativa, maestranza y lavado, el Administrativo Múltiple Especializado alcanza los $2.146.145,85, mientras que el Administrativo Especializado se ubica en $1.915.828,80, el Administrativo Calificado en $1.711.230,52 y el Administrativo Auxiliar en $1.590.647,39. El Administrativo Básico y Maestranza A tienen un valor de $1.334.285,22, mientras que el Lavador alcanza $1.515.347,72.


Para el sector de ventas, los mínimos garantizados quedaron fijados en $1.341.346,45 para vendedores y promotores de ventas y en $1.073.088,67 para vendedores de planes de ahorro y vendedores itinerantes de repuestos.


A partir de diciembre se aplican nuevos valores. El Especialista Múltiple Superior en Servicios pasa a $2.199.799,49; el Especialista Superior en Servicios a $1.947.057,99; el Especialista en Servicios a $1.777.623,92; el Experto en Servicios a $1.676.318,05 y el Ayudante a $1.367.642,35.


En el área administrativa, el Administrativo Múltiple Especializado alcanza $2.199.799,49; el Administrativo Especializado, $1.963.724,52; el Administrativo Calificado, $1.754.011,28; el Administrativo Auxiliar, $1.630.413,38; el Administrativo Básico, $1.367.642,35; y el Lavador, $1.553.231,42.


Los mínimos garantizados para ventas también se actualizan: el Vendedor y/o Promotor de Ventas pasa a $1.374.880,11, mientras que el Vendedor de Planes de Ahorro y Vendedor Itinerante de Repuestos alcanza $1.099.915,89.


El acuerdo mantiene además una comisión mínima garantizada del 0,5% sobre el precio de venta libre de tributos para el personal de ventas. También establece que las empresas deberán encuadrar al menos al 10% de su dotación dentro de los escalafones superiores previstos por el convenio.


Entre los adicionales contemplados se encuentra una escala por antigüedad que comienza en el 3% a partir de los dos años y alcanza hasta el 39% a los 26 años. También se prevé un suplemento del 4% por idioma extranjero y del 10% por título habilitante sobre el sueldo básico.


Para quienes trabajan en la región patagónica, se mantiene un adicional por zona desfavorable equivalente al 20%, mientras que también se contemplan compensaciones por transporte, asignaciones vinculadas con vacaciones y subsidios por fallecimiento de familiares directos.


Las partes acordaron mantener la paz laboral durante la vigencia del entendimiento y volver a reunirse a partir del 2 de enero de 2027, con el objetivo de evaluar la evolución de la inflación durante el trimestre octubre-diciembre y analizar una nueva actualización salarial.