Ganancias simplificado: ARCA modifica los requisitos de adhesión y establece nuevas condiciones para la declaración jurada


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La Resolución General 5916/2026 introduce cambios en el régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias. La eliminación de requisitos de acceso, la ratificación anual y las nuevas condiciones de residencia fiscal son algunas de las principales modificaciones que comienzan a aplicarse desde el período fiscal 2025.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó el régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas, mediante la Resolución General 5916/2026, vigente desde el 26 de octubre de 2026.

La medida busca simplificar determinados procedimientos tributarios, aunque mantiene condiciones específicas para acceder al sistema y permanecer en él.


Menos requisitos para acceder al régimen

Uno de los principales cambios es la eliminación de la exigencia de declarar ingresos y patrimonio como condición de adhesión.

A partir de la nueva normativa, los contribuyentes deberán contar con una **CUIT habilitada y encontrarse alcanzados por el Impuesto a las Ganancias**.

Esta modificación facilita el acceso al procedimiento simplificado, sin eliminar las obligaciones de respaldo documental y cumplimiento tributario que correspondan.


Residencia fiscal y condiciones de adhesión

La resolución establece que los contribuyentes deberán haber mantenido su residencia fiscal argentina durante la totalidad del período fiscal**, aunque contempla una excepción específica para 2025.

La adhesión deberá realizarse mediante el servicio Sistema Registral de ARCA, hasta el vencimiento previsto para la presentación de la declaración jurada.

Además, se incorpora la obligación de ratificar anualmente la permanencia en el régimen, dentro del plazo correspondiente a cada ejercicio.

Esta exigencia implica que los contribuyentes deberán verificar periódicamente que continúan cumpliendo las condiciones necesarias.


¿Quiénes quedan excluidos?

La normativa mantiene restricciones para determinados sujetos, entre ellos los grandes contribuyentes y los funcionarios públicos comprendidos en las disposiciones aplicables

Por lo tanto, antes de optar por esta modalidad, será necesario verificar tanto los requisitos generales como las posibles causales de exclusión.


Ganancias 2025: plazo especial hasta el 30 de octubre

Para el período fiscal 2025, ARCA establece una fecha específica que permitirá adherir al régimen simplificado o cambiar desde el régimen general hasta el 30 de octubre de 2026

Si bien se ha mencionado la posibilidad de una prórroga, esta deberá ser confirmada oficialmente para modificar el vencimiento previsto.

La fecha resulta especialmente importante para los contribuyentes que deban revisar la modalidad de presentación de su declaración jurada.


La convalidación continúa siendo obligatoria

Otro aspecto fundamental es que la adhesión deberá complementarse con el procedimiento de convalidación previsto en la Resolución General 5704

Este requisito es indispensable para acceder al régimen simplificado. Cuando no se complete, corresponderá presentar la declaración jurada mediante el régimen general.

Por este motivo, no será suficiente con reunir las condiciones de acceso: también deberán cumplirse correctamente los procedimientos establecidos por ARCA.


Un nuevo escenario para contadores y contribuyentes

Las modificaciones introducidas por la RG 5916/2026 requieren revisar los procedimientos habituales de liquidación y presentación del Impuesto a las Ganancias.

Para los profesionales contables, será fundamental verificar las condiciones de adhesión, residencia fiscal, exclusiones, convalidación y ratificación anual.

La simplificación administrativa representa una oportunidad para agilizar el cumplimiento tributario, pero también exige mayor atención a los requisitos y vencimientos.**

El desafío será aprovechar las nuevas herramientas sin perder de vista que una correcta presentación depende tanto de la información declarada como del cumplimiento oportuno de cada procedimiento