27 de octubre de 2026 | Actualidad tributaria, laboral y empresarial
La última semana de octubre presenta importantes novedades para empresas, profesionales y contribuyentes argentinos. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) avanza en la digitalización de las declaraciones juradas de Ganancias para personas jurídicas y establece nuevas precisiones sobre la implementación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL).
En paralelo, los monotributistas cuentan con alternativas para regularizar sus obligaciones pendientes mediante planes de financiación, mientras que el Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE) puso en marcha un régimen excepcional para facilitar la cancelación de deudas del sector agropecuario.
Estas medidas reflejan una agenda orientada a la modernización administrativa, la adecuación de los procedimientos laborales y la regularización de obligaciones fiscales y de seguridad social.
1. Ganancias: ARCA publica el manual del nuevo sistema web
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó el manual de utilización del nuevo servicio “Ganancias Personas Jurídicas Web”, una herramienta destinada a simplificar la confección y presentación de las declaraciones juradas anuales del Impuesto a las Ganancias.
La plataforma se encuentra disponible desde el 19 de octubre de 2026 y representa un avance en la sustitución progresiva del aplicativo tradicional SIAp por un entorno digital integrado.
Durante el período de transición, que se extenderá hasta el 28 de febrero de 2027, los contribuyentes podrán optar entre utilizar el aplicativo anterior o el nuevo servicio web para las declaraciones correspondientes a ejercicios comerciales cerrados desde junio de 2026.
Sin embargo, a partir del 1 de marzo de 2027 será obligatorio utilizar la plataforma web para las presentaciones alcanzadas. Las declaraciones rectificativas deberán efectuarse mediante el mismo sistema utilizado para presentar la declaración original.
El nuevo formulario F.713 está organizado en seis módulos que abarcan el balance para fines fiscales, situaciones especiales, atribución del resultado contable, ajustes impositivos, determinación del impuesto y cálculo del saldo final.
La habilitación de determinados apartados dependerá de las características de cada contribuyente. Por ejemplo, el módulo de situaciones especiales se activará cuando existan actividades promovidas, beneficios de amortización acelerada o quebrantos sujetos a tratamientos específicos.
Entre las principales innovaciones se destaca la reducción de los campos requeridos a menos de la mitad de los exigidos por SIAp, eliminando determinados detalles sobre cuentas bancarias y bienes.
Además, la plataforma permitirá importar información mediante archivos CSV e incorporar automáticamente ciertos pagos a cuenta, retenciones y percepciones registrados en otros servicios de ARCA.
El sistema también contempla el tratamiento de rentas de fuente argentina y extranjera, quebrantos computables, ajuste por inflación impositivo y donaciones.
Para los profesionales contables, esta actualización representa una oportunidad para agilizar las tareas de liquidación, aunque será fundamental familiarizarse con la nueva estructura del formulario y verificar la consistencia de la información incorporada.
La publicación del manual constituye un paso importante para facilitar la adaptación de empresas y estudios profesionales antes de que finalice el período de transición.
2. Fondo de Asistencia Laboral: ARCA confirma la prórroga
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero oficializó nuevas adecuaciones para la implementación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), mediante la Resolución General 5915/2026, en concordancia con las modificaciones introducidas por el Decreto 1228/2026.
La principal novedad es la postergación del inicio del régimen, que originalmente estaba previsto para noviembre y que ahora comenzará a regir el 1 de diciembre de 2026.
El FAL, creado en el marco de la Ley de Modernización Laboral, establece un mecanismo de contribuciones destinado a constituir recursos para afrontar determinadas obligaciones indemnizatorias de los empleadores del sector privado.
La prórroga responde a la necesidad de completar las adaptaciones técnicas y administrativas requeridas para garantizar el funcionamiento del sistema, especialmente en lo relacionado con la declaración, recaudación y distribución de las contribuciones.
En este sentido, ARCA estableció que las nuevas disposiciones serán aplicables a las declaraciones juradas correspondientes al período devengado diciembre de 2026 y siguientes.
Asimismo, se dispuso la actualización del sistema “Declaración en Línea” a su versión 48, que deberá utilizarse para las presentaciones realizadas desde el 1 de diciembre de 2026, incluso cuando correspondan a períodos devengados anteriores.
Otro cambio relevante es la ampliación del período mínimo de carencia, que pasó de seis a doce períodos mensuales completos y consecutivos.
Este plazo comenzará a computarse desde el mes en que ARCA registre la integración efectiva de la primera contribución del empleador, conforme a las condiciones previstas por la normativa.
El organismo recaudador tendrá a su cargo la implementación del procedimiento de declaración y pago de las contribuciones, su integración con la Contribución Unificada de la Seguridad Social y la derivación de los fondos hacia las cuentas individuales de los empleadores.
Para las empresas, la nueva fecha implica disponer de un período adicional para revisar sus procedimientos internos, actualizar sistemas de liquidación y verificar las condiciones administrativas necesarias para cumplir con el régimen.
La medida busca brindar mayor previsibilidad y seguridad operativa, permitiendo que empleadores, administradores de fondos y organismos intervinientes completen las adecuaciones antes de la puesta en marcha.
3. Monotributo: cómo regularizar deudas en hasta 20 cuotas
Los contribuyentes adheridos al Monotributo cuentan con distintas alternativas para regularizar sus obligaciones pendientes ante ARCA y evitar que los atrasos acumulados comprometan su continuidad dentro del régimen simplificado.
El próximo vencimiento mensual será el viernes 20 de noviembre de 2026, fecha hasta la cual deberá abonarse la cuota correspondiente.
Es importante recordar que la obligación de pago continúa vigente incluso cuando el contribuyente no haya facturado durante el mes. Mientras permanezca inscripto, deberá cumplir con las obligaciones mensuales correspondientes.
Cuando una cuota se abona fuera de término, ARCA aplica intereses resarcitorios calculados según el tiempo transcurrido desde el vencimiento original hasta la fecha de cancelación.
Sin embargo, un atraso aislado no provoca automáticamente la exclusión del régimen ni impide continuar facturando. La situación adquiere mayor gravedad cuando se acumulan obligaciones impagas durante períodos prolongados.
En particular, la falta de pago durante diez meses consecutivos puede derivar en la baja automática del Monotributo, conforme al procedimiento aplicable y con la correspondiente notificación.
Para consultar las obligaciones pendientes, los contribuyentes pueden ingresar con clave fiscal al servicio “Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos” (CCMA), donde se detallan los períodos adeudados, el capital pendiente y los intereses generados.
Desde esa herramienta es posible generar un Volante Electrónico de Pago (VEP) y cancelar la deuda mediante los medios electrónicos habilitados.
Para quienes no puedan afrontar el importe total, ARCA contempla alternativas de financiación mediante el servicio “Mis Facilidades”, con planes que pueden alcanzar hasta 20 cuotas mensuales y sin pago a cuenta, según las condiciones del régimen disponible y la situación particular del contribuyente.
Antes de adherir, resulta conveniente verificar las tasas de financiación, los importes mínimos y los requisitos establecidos para cada plan.
En caso de haberse producido una baja por falta de pago, el contribuyente deberá regularizar las obligaciones pendientes y posteriormente gestionar una nueva inscripción. El reingreso no se produce automáticamente por el solo hecho de cancelar o financiar la deuda.
Como medida preventiva, ARCA también permite adherir el pago mensual al débito automático mediante cuenta bancaria o tarjeta de crédito.
Esta modalidad puede facilitar el cumplimiento regular y, bajo las condiciones previstas, permitir el acceso al reintegro del componente impositivo por doce meses consecutivos de pagos mediante débito automático.
Para trabajadores independientes, comerciantes y profesionales, revisar periódicamente la cuenta corriente y anticipar los vencimientos resulta fundamental para evitar intereses, acumulación de deuda y eventuales inconvenientes con la inscripción.
4. RENATRE: nuevo plan de pagos para empleadores rurales
El Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE) aprobó, mediante la Resolución 100/2026, un Plan Excepcional de Facilidades de Pago destinado a determinados empleadores del sector agropecuario.
La medida busca facilitar la regularización de deudas vinculadas con la contribución del 1,5% prevista en el artículo 14 de la Ley 25.191, junto con los intereses resarcitorios correspondientes.
El régimen está dirigido a empleadores rurales fiscalizados por el organismo cuyas obligaciones pendientes se relacionen con la regularización de vínculos laborales en el marco del Régimen de Promoción del Empleo Registrado.
La posibilidad de adhesión estará vigente desde la publicación de la resolución en el Boletín Oficial hasta el 31 de diciembre de 2026.
El plan establece una financiación general de hasta doce cuotas mensuales y consecutivas, con una tasa de interés del 1,5% mensual.
Para los empleadores comprendidos en declaraciones de emergencia o desastre agropecuario debidamente acreditadas, el plazo podrá extenderse excepcionalmente hasta 24 cuotas.
Uno de los principales incentivos es la reducción de los intereses resarcitorios acumulados, cuyo porcentaje dependerá de la cantidad de cuotas seleccionadas.
Quienes opten por cancelar la deuda en un único pago o hasta tres cuotas podrán acceder a una quita del 50% de los intereses resarcitorios. Para planes de cuatro a seis cuotas, la reducción será del 40%, mientras que aquellos financiados entre siete y doce cuotas tendrán una quita del 30%.
La normativa establece que la primera cuota no podrá ser inferior al 5% del salario vigente para la categoría de peón general permanente. Además, se incorporará un cargo administrativo equivalente al 3% de la deuda convenida.
El primer vencimiento operará a los diez días hábiles de la suscripción del convenio.
El beneficio contempla determinadas exclusiones. No podrán acceder, entre otros supuestos, empleadores con denuncias por presunta explotación laboral, trata de personas o trabajo infantil que no cuenten con las resoluciones exigidas, ni aquellos que mantengan trabajadores no declarados sin regularizar o planes anteriores vigentes con cuotas vencidas e impagas.
Asimismo, el incumplimiento de dos cuotas, consecutivas o alternadas, podrá provocar la caducidad automática del plan, con la consiguiente pérdida de las reducciones de intereses y el reajuste de la deuda.
La medida representa una alternativa para los empleadores rurales que necesitan normalizar sus obligaciones, especialmente en un contexto donde la formalización del empleo y el cumplimiento de las contribuciones constituyen aspectos centrales de la actividad agropecuaria.
El régimen combina incentivos financieros con exigencias de regularización laboral, procurando facilitar el cumplimiento de las obligaciones sin flexibilizar los controles sobre situaciones de informalidad o vulneración de derechos laborales.
Conclusión: digitalización y regularización, los ejes de la agenda económica
Las novedades del 27 de octubre de 2026 reflejan una orientación hacia la modernización de los procedimientos tributarios y la implementación de mecanismos que permitan ordenar las obligaciones de empresas y contribuyentes.
La publicación del manual de Ganancias Personas Jurídicas Web marca un avance en la digitalización de las declaraciones juradas, mientras que la reglamentación de la prórroga del FAL brinda mayor tiempo para adecuar los procesos administrativos y laborales.
En paralelo, las alternativas de financiación para monotributistas y el nuevo plan excepcional del RENATRE ofrecen herramientas para regularizar obligaciones pendientes y evitar mayores consecuencias económicas.
En este escenario, la planificación fiscal, el seguimiento de los vencimientos y la actualización normativa resultan esenciales para una gestión empresarial eficiente y un adecuado cumplimiento de las obligaciones legales.