Cómo adherir al acuerdo del art. 223 bis de la UOM


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Podrán acceder la totalidad de las empresas metalúrgicas con personal bajo convenio CCT 260/75. 

Los puntos más importantes del acuerdo son:

- Habilita la suspensión de los trabajadores que no sean convocados a prestar servicios, abonándoles una prestación dineraria equivalente al 70% del salario bruto habitual como asignación no remunerativa, sin aportes y contribuciones al sistema de seguridad social a excepción de la contribución del 6% de la obra social.

- Tiene una vigencia de 120 días a partir del 1ro. de abril, abarcando al personal mayor de 60 años y perteneciente a grupos de riesgo .

- El acuerdo prevé una contribución excepcional a la obra social OSUOMRA para afrontar los mayores costos derivados de la atención de la salud en el marco de la emergencia sanitaria vigente, que se calculará a razón de $ 80 por cada trabajador y por cada día suspendido (los días deberán tomarse corridos), y se depositará en la cuenta bancaria que denuncie a tal efecto la UOMRA.

- Las empresas beneficiarias del programa ATP del Estado Nacional podrán tomar el aporte correspondiente que se depositará en las cuentas de los trabajadores como parte de la prestación dineraria pactada para los trabajadores suspendidos.

- Las empresas que adhieran podrán disponer la aplicación de las suspensiones en forma simultánea, alternada, rotativa, total o parcial, notificando a los empleados afectados e informando las necesidades operativas a la Seccional de UOMRA correspondiente.

- Una vez realizada la adhesión al acuerdo, que será presentada al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la empresa podrá aplicarlo en forma inmediata, no requiere de ningún trámite adicional de homologación local.

Pasos para adherir al acuerdo por el 223 bis: 

1) Descargar la nota modelo de adhesión Nota de adhesión empresa metalurgica EX-2020-29032971-APN-M y completar:

• Lugar y fecha

• Razón Social y CUIT de la empresa

• Domicilio legal de la empresa

• Correo electrónico del apoderado

• Teléfono celular del apoderado

• Seccional UOMRA que le corresponda a la empresa

• Nombre y apellido del apoderado

• Firma del apoderado

• Tipo y nro. de documento del apoderado de la empresa

2) Descargar la Planilla Modelo para informar nómina de personal afectado por el acuerdo y completar:

• Listado del personal que podrá estar afectado por las suspensiones durante la vigencia del acuerdo detallando CUIL y Apellido y Nombre.

• A continuación, los domicilios donde habitualmente prestan el personal listado más arriba.

• La planilla también debe estar firmada por quien esté habilitado a hacerlo por la empresa.

3) Hacer la presentación a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) del gobierno nacional (dentro de TAD seleccionando el Organismo Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social deberá aparecer, cuando el Ministerio lo habilite, un tipo de trámite para la Adhesión al Acuerdo art. 223 bis LCT).

4) La operatoria se completa informando vía correo electrónico mensualmente a la seccional UOMRA perteneciente a la localidad de su empresa el detalle de las suspensiones de personal correspondientes al mes en curso, según Planilla Modelo.

El mismo detalle de suspensiones deberá ser remitido mensualmente al MTEySS vía TAD. (dentro de TAD seleccionando el Organismo Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social deberá aparecer, cuando el Ministerio lo habilite, un tipo de trámite para la Adhesión al Acuerdo art. 223 bis LCT ).


Instructivo-223-bis.pdf