ANSES publicó los topes máximos y mínimos a utilizar para el cálculo de aportes y contribuciones patronales desde el devengado de septiembre 2022 hast


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La medida fue oficializada el 25 de agosto con la publicación de la Resolución 201/22 de ANSES en el Boletín Oficial. A partir de las Declaraciones Juradas del período devengado de septiembre de 2022 serán aplicables los siguientes topes:

• Mínimo: $ 14.601,14

• Máximo: $ 474.530,27

Sin tope para el cálculo del importe de la contribución de Ley de Riesgos del Trabajo.

Se considera Remuneración a: Sueldo, Jornal, Comisiones, Viáticos sin comprobante, Remuneración en especies, Gastos de representación, Premios, Adicionales por antigüedad, Asignación por título, Propinas habituales no prohibidas, Salario por enfermedad, accidente, vacaciones, licencias especiales, Preaviso concesión, SAC, Horas extras, Honorarios en relación de dependencia, Gratificaciones Habituales, y todo lo que esté relacionado directamente con la prestación de servicios.

No se considera Remuneración a: Viáticos con comprobante, Gratificaciones por Egreso, Indemnizaciones por falta de preaviso, por antigüedad, por vacaciones no disfrutadas, Asignaciones Familiares, Indemnización por accidente o incapacidad, Maternidad, Integración de Mes, Reintegros de gastos, Subsidios por desempleo , y además todos los conceptos enumerados en los artículos 103 bis, 223 bis y 105 de la LCT. Beneficios Sociales y Asignaciones no Remunerativas. (Ley 24.700 de 25/09/96).

La excepción a topes mínimos o en períodos de licencia serán efectivos cuando el trabajador se encuentre con Licencia, por ejemplo, sin Goce de Haberes, la remuneración puede ser igual a cero ($0) o menor al tope mínimo vigente para el período. En dicho caso, deberá determinar la cantidad de días trabajados de manera correcta.

A través de la resolución se fijó los haberes mínimo garantizado y máximo, vigente a partir del 1 de septiembre de 2022, son $43.352,59 y $291.721,85 respectivamente.

Finalmente, se establece el importe de la Prestación Básica Universal (PBU) y de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), aplicable a partir del mes de septiembre de 2022, en la suma de $ 19.831,83 y $34.682,07 respectivamente