Decreto 544/20: Se suspende el cierre de cuentas bancarias y la obligación de requerir libre deuda de aportes y contribuciones hasta el 31/12/2020.


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El Decreto 544/20 prorroga la suspensión del cierre de cuentas bancarias y la obligación de requerir libre deuda de aportes y contribuciones a la seguridad social hasta el 31/12/2020, inclusive.

Se prorroga la obligación de proceder al cierre de cuentas bancarias y a disponer la inhabilitación establecidas en el artículo 1° de la Ley N° 25.730, como así también la aplicación de las multas previstas en dicha norma. 

Además, se extiende la obligación establecida en el artículo 12 de la Ley N° 14.499, respecto de que las instituciones crediticias requieran a los empleadores, en forma previa al otorgamiento de crédito, una constancia o declaración jurada de que no adeudan suma alguna en concepto de aportes y/o contribuciones, o que, habiéndose acogido a moratoria, se encuentran al día en el cumplimiento de la misma.

Decreto 544-2020.pdf

Decreto 312-2020.pdf