Res. Gral. 4733/20 - Precios de Transferencia: modificación y prórroga del vencimiento de junio


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Se establece que el Estudio de Precios de Transferencia deberá estar certificado por Contador Público o Licenciado en Economía con firma autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, colegio o entidad que ejerce el control de su matrícula. 

En relación al Informe Maestro, deberá estar firmado por el representante legal del contribuyente o responsable y su presentación deberá cumplirse a través del servicio con clave fiscal “Presentaciones Digitales” del sitio “web” institucional (http://www.afip.gob.ar) en los términos de la Resolución General N° 4.503

El formulario de declaración jurada F. 2668, el Estudio de Precios de Transferencia, y el “Informe Maestro” correspondiente a los períodos fiscales cerrados entre el 31 de diciembre de 2018 y el 30 de abril de 2020, ambas fechas inclusive, deberán presentarse -con carácter de excepción- por los contribuyentes o responsables, en los meses de julio, agosto, y octubre de 2020, de la siguiente manera:

- De diciembre 2018 a mayo de 2019, en julio de 2020 

- De junio de 2019 a noviembre de 2019, en agosto 2020 

- De diciembre de 2019 a abril de 2020, en octubre de 2020

Resolución General 4733-20.pdf